Fondo especial de donaciones

Mediante el Acuerdo del Consejo Superior No. 27 de 1997, se creó en la Universidad un fondo especial de donaciones, cuyos rendimientos se utilizan para el fomento de la investigación, la capacitación o planes de  apoyos para los estudiantes de bajos recursos económicos.

Las empresas que designan parte de sus recursos a donaciones tienen unos beneficios tributarios especiales. Señalados en el Estatuto Tributario, de acuerdo con el objeto de su donación.

Ver

  • Art. 125-1 del Estatuto Tributario: requisitos de los beneficiarios de las donaciones.
  • Art. 125-2 del Estatuto Tributario: Modalidades de las donaciones.
  • Art. 125-3 del Estatuto Tributario: Requisitos para reconocer la deducción.
  • Art. 125-4 del Estatuto Tributario: Requisitos de las deducciones por donaciones.
  • Art. 257 del Estatuto Tributario: Descuentos por donaciones a entidades sin ánimo de lucro pertenecientes al régimen especial.

Tipo de donaciones recibidas por la UTP

1. En dinero, para el desarrollo de la actividad meritoria de la Universidad, en el desarrollo de programas tales como: Plan Padrino, bono de transporte, becas talento, apoyo a la matrícula, entre otros programas de acceso y permanencia.

    2. En especie: las donaciones en especie, tales como muebles, inmuebles, vehículos, equipos, servicios y otros.

    Formatos específicos requeridos

    • ¿Cómo podemos hacer parte de este fondo?

    Contáctenos

    Edificio 1, Bloque A, Piso 3, Oficina 1A-310

    Jorge Iván García Arenas

    ivanter@utp.edu.co

    Celular 3113785515