Fondo especial de donaciones
Mediante el Acuerdo del Consejo Superior No. 27 de 1997, se creó en la Universidad un fondo especial de donaciones, cuyos rendimientos se utilizan para el fomento de la investigación, la capacitación o planes de apoyos para los estudiantes de bajos recursos económicos.
Las empresas que designan parte de sus recursos a donaciones tienen unos beneficios tributarios especiales. Señalados en el Estatuto Tributario, de acuerdo con el objeto de su donación.
Ver
- Art. 125-1 del Estatuto Tributario: requisitos de los beneficiarios de las donaciones.
- Art. 125-2 del Estatuto Tributario: Modalidades de las donaciones.
- Art. 125-3 del Estatuto Tributario: Requisitos para reconocer la deducción.
- Art. 125-4 del Estatuto Tributario: Requisitos de las deducciones por donaciones.
- Art. 257 del Estatuto Tributario: Descuentos por donaciones a entidades sin ánimo de lucro pertenecientes al régimen especial.
Tipo de donaciones recibidas por la UTP
1. En dinero, para el desarrollo de la actividad meritoria de la Universidad, en el desarrollo de programas tales como: Plan Padrino, bono de transporte, becas talento, apoyo a la matrícula, entre otros programas de acceso y permanencia.
2. En especie: las donaciones en especie, tales como muebles, inmuebles, vehículos, equipos, servicios y otros.
Formatos específicos requeridos
- ¿Cómo podemos hacer parte de este fondo?
- Dirigir carta con oferta de donación al Rector de la Universidad, formato de oferta de donación de bienes para la UTP (Formato 131-F03-02)
- Acta de recepción de donación (Formato 131-F03-04)
- Firma convenio de donación en dinero ( Formato 131-F03-05)
Contáctenos
Edificio 1, Bloque A, Piso 3, Oficina 1A-310
Jorge Iván García Arenas
Celular 3113785515