El Comité Interno de Asignación y Reconocimiento de Puntaje –CIARP- es el órgano interno universitario en cumplimiento del Artículo 25º, del Decreto 1279,encargado de la asignación y reconocimiento de puntos salario y de bonificación, a través de la aplicación del Decreto 1279 de 2002.
Las funciones del Comité Interno de Asignación y Reconocimiento de Puntaje las siguientes:
- Determinar los puntajes correspondientes a los factores señalados en el artículo 1, literales a y d en los capítulos III y IV del decreto 1279 de 2002, teniendo en cuenta los siguientes criterios:
- Calidad académica, científica, técnica, humanística, artística o pedagógica.
- Relevancia y pertinencia de los trabajos con las políticas académicas.
- Contribución al desarrollo y cumplimiento de los objetivos institucionales definidos en las políticas de la Universidad.
- Realizar la actividad de valoración y asignación de puntaje por categoría y por título a los docentes. Comunicar la decisión de asignación de puntaje a la Unidad de Gestión del Talento Humano y al docente interesado.
- Estudiar la asignación de bonificaciones por productividad académica de acuerdo con los parámetros establecidos en el Decreto 1279 de junio 19 de 2002 y las normas que lo modifiquen o adicionen, junto con la reglamentación que para tales efectos expida el Consejo Superior Universitario.
- Las demás que le sean fijadas por la Institución de acuerdo con su naturaleza.
- Contribución al desarrollo y cumplimiento de los objetivos institucionales definidos en las políticas de la Universidad
- Ejercer las demás que le asigna el Decreto 1279 de 2002.