
A continuación se presenta el procedimiento para el aval institucional de los proyectos en los que la Universidad Tecnológica de Pereira tiene el rol de proponente y aliado:
| –Solicitudes de aval | Se recibirán las solicitudes de aval institucional a través del correo electrónico innovacionutp@utp.edu.co a más tardar el 09 de noviembre remitiendo: reporte del formulario SIGP, carta de participación, carta de aval y modelo de gobernanza completamente diligenciada , el presupuesto en formato Excel, el documento técnico, reporte MGA y los soportes de la contrapartida que aporta la Universidad Tecnológica de Pereira. |
| –Anexo Proyectos de ciencia, tecnología e innovación gestionados, ejecutados del proponente e integrantes de la alianza | Para el diligenciamiento de este anexo se debe remitir la solicitud de información al correo electrónico investigaciones@utp.edu.co a más tardar el 06 de noviembre. |
| -Aval del Comité de Ética | Si la propuesta requiere de aval del Comité de Ética de la Investigación, deberá realizar la solicitud a más tardar el 05 de noviembre, de acuerdo al procedimiento establecido que se puede consultar en el siguiente enlace (Ver enlace) Para mayor información comunicarse al correo electrónico comitedeetica@utp.edu.co. |
| -Lista de chequeo requisitos habilitantes | Lista de chequeo con los requisitos habilitantes para la participación en la Convocatoria No. 55 – Especial para la financiación de macroproyectos nacionales para el fortalecimiento de las capacidades científico-tecnológicas del país (Ver enlace). |
Es importante tener en cuenta las siguientes consideraciones para soportar la contrapartida en especie de la Universidad Tecnológica de Pereira
Tiempo de dedicación de docentes de planta y /o transitorios con una participación máxima de 13 horas a la semana. Para validar el valor de la hora pueden remitir la solicitud al correo electrónico innovacionutp@utp.edu.co,indicando nombre completo y número de cédula del docente de planta o transitorio.
En el caso del tiempo de dedicación de los docentes transitorios, es necesario adjuntar una carta del Decano y/o Jefe inmediato donde se establezca que las actividades que desarrollarán en el proyecto están implícitas en sus funciones lo que no le constituirá una contratación o pago adicional a la Universidad, ni disminución de docencia directa.
Se contempla como aporte en especie el Uso de los equipos, el aporte corresponde a la depreciación de cada equipo y se estima el 10% anual del valor comercial de los equipos (El valor comercial puede comprobarse en el registro de inventario que debe ser remitido como soporte), adicionalmente cada equipo relacionado debe aparecer en el inventario de alguno de los docentes participantes en el proyecto, lo anterior teniendo en cuenta que toda contrapartida debe ser certificable y demostrable. (Ver anexo: Modelo contrapartida de equipos).
El uso de espacios e infraestructura de la Universidad puede cuantificarse como aporte, en este caso debe realizar la solicitud de valoración a la Oficina de Planeación quien a través de una certificación indica el costo del uso del espacio. La solicitud debe remitirse al Ing. Julián Cárdenas (j.cardenas1@utp.edu.co) a más tardar el 06 de noviembre (Ver anexo: Modelo certificación uso de espacios).
Información de la Convocatoria (Ver TDR)
Objetivo:
Conformar un listado de macroproyectos nacionales elegibles para financiación con recursos de la Asignación para la Ciencia, Tecnología e Innovación del Sistema General de Regalías que atiendan las demandas territoriales del bienio 2025-2026 y fortalezcan las capacidades científico-tecnológicas del país mediante intervenciones articuladas en varias regiones.
Dirigido a:
La convocatoria está dirigida a alianzas conformadas por entidades del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI) y de éstas con otras entidades que aporten capacidades y responsabilidades para el desarrollo del macroproyecto, el cual debe desarrollar su intervención directa en mínimo dos (2) regiones del Sistema General de Regalías, con al menos un (1) departamento de intervención directa en cada región.
3.1. Condiciones de la entidad proponente La entidad que actúe como proponente deberá cumplir una de las condiciones establecidas en el artículo 1.2.3.2.2 del Decreto 1821 de 2020:
a) A la fecha de cierre de la convocatoria, contar con reconocimiento vigente de MINCIENCIAS como actor del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI) o
b) haber realizado actividades de ciencia, tecnología e innovación y acreditar los criterios de idoneidad y trayectoria establecidos en el numeral 10.9 de estos términos de referencia. Cuando la entidad proponente cumpla la condición prevista en el literal b), será considerada entidad del SNCTI para efectos de su participación en esta convocatoria, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1821 de 2020. En caso de aprobación del macroproyecto, la entidad proponente será responsable de su ejecución y administración, de conformidad con el artículo 54 de la Ley 2056 de 2020 y la normativa aplicable del Sistema General de Regalías. La participación en la alianza no traslada ni limita las obligaciones que correspondan a la entidad ejecutora.
Una misma entidad podrá actuar como proponente en un máximo de tres (3) proyectos en la presente convocatoria. Como regla general, para efectos de este límite se considerará la persona jurídica identificada por su NIT, sin perjuicio del tratamiento previsto a continuación para las sedes responsables de las Instituciones de Educación Superior. Cuando una entidad radique más de tres (3) proyectos como proponente, únicamente serán tenidos en cuenta los tres (3) primeros proyectos radicados en el aplicativo SIGP, de acuerdo con la fecha y hora de radicación. Para establecer este orden se tomará la fecha y hora de la primera radicación válida de cada proyecto. Las modificaciones o nuevos envíos realizados antes del cierre no modificarán dicho orden.
Cuando una Institución de Educación Superior cuente con sedes con capacidad de ejecución demostrable, dirección académica y administrativa claramente identificable y responsabilidades propias dentro de la propuesta, la postulación deberá identificar
expresamente la sede responsable del macroproyecto. Para efectos del límite previsto en este numeral, podrán contabilizarse de manera independiente las propuestas presentadas por una misma Institución de Educación Superior cuando correspondan a sedes
responsables distintas y cada propuesta acredite capacidad técnica y operativa diferenciada, equipo responsable, alcance territorial diferenciado y responsabilidades claramente definidas.
En estos casos, la institución proponente mantendrá la responsabilidad jurídica de la postulación y en caso de aprobación, de la ejecución del macroproyecto. Esta regla aplica exclusivamente para efectos del límite de propuestas establecido en este numeral y no modifica las condiciones previstas en el numeral 3.2 para el conteo de entidades que conforman la alianza.
3.2. Composición mínima de la alianza
Cada macroproyecto deberá presentarse mediante una alianza conformada por mínimo tres (3) personas jurídicas nacionales distintas: una (1) entidad proponente y al menos dos (2) integrantes adicionales, todos con responsabilidades verificables en la ejecución del macroproyecto. Para este conteo, las sedes, facultades, centros, institutos, grupos de investigación y demás dependencias que pertenezcan a una misma persona jurídica se considerarán parte de una sola entidad. Una sede podrá contabilizarse como una entidad distinta cuando cuente con personería jurídica y NIT propios.
Los integrantes adicionales podrán ser personas jurídicas nacionales de naturaleza pública, privada o mixta, pertenecientes a la academia, la empresa, el Estado o la sociedad civil. Podrán pertenecer o no al Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI). Al menos uno de los integrantes adicionales deberá corresponder a una entidad territorial, una empresa o una organización social o étnico-territorial. La conformación de los demás integrantes de la alianza podrá definirse de acuerdo
con las necesidades técnicas, territoriales e institucionales del macroproyecto.
Nota: Cuando participe una Institución de Educación Superior en la alianza, en calidad de proponente o integrante, deberá acreditar su existencia, reconocimiento y representación legal mediante los documentos que correspondan según su naturaleza jurídica y régimen aplicable.
Cada integrante de la alianza deberá asumir al menos una actividad sustantiva o una contribución directa a un producto del macroproyecto, designar un responsable institucional y registrar sus obligaciones en la matriz de responsabilidades. Además, deberá aportar una contrapartida en efectivo o en especie, cuantificada en términos monetarios, independientemente del rol que desempeñe.
En caso de aprobación del macroproyecto, la entidad proponente será responsable de su ejecución y administración, de conformidad con el artículo 54 de la Ley 2056 de 2020 y la normativa aplicable del Sistema General de Regalías. La propuesta deberá identificar, además, qué integrante aportará la capacidad científico-tecnológica necesaria para alcanzar el resultado principal y cuál asumirá la responsabilidad territorial en cada región de intervención. La entidad proponente podrá asumir también estas responsabilidades cuando acredite la capacidad correspondiente. Esto no reduce el mínimo de tres (3) entidades exigido para conformar la alianza.
La asignación de actividades a los integrantes no implica que estos reciban directamente recursos del SGR. La ejecución presupuestal estará a cargo de la entidad ejecutora, conforme con la normativa aplicable y el presupuesto aprobado.
Línea temática
Línea 1. Capacidades y servicios científico-tecnológicos compartidos
Esta línea comprende macroproyectos orientados a la instalación, fortalecimiento, integración, desarrollo o puesta en operación de capacidades y servicios científicotecnológicos de uso compartido. El resultado principal deberá corresponder a una capacidad o servicio claramente definido que evidencie un avance verificable frente a su estado inicial y que se encuentre operativo al cierre del proyecto, con condiciones que permitan su acceso y uso por actores de las regiones de intervención.
El fortalecimiento deberá evidenciar un incremento verificable de la capacidad científica y tecnológica y no limitarse a la adquisición, construcción o adecuación de infraestructura y equipos. De acuerdo con la brecha identificada, podrá comprender actividades de investigación aplicada, desarrollo experimental, desarrollo tecnológico, innovación, adaptación o integración de tecnologías, estandarización, certificación, acreditación, transferencia de conocimiento y tecnología u otros procesos de CTeI necesarios para alcanzar la capacidad o servicio comprometido. Estas actividades deberán traducirse en resultados técnicos verificables que demuestren el desarrollo, desempeño o ampliación efectiva de la capacidad.
Línea 2. Desarrollo y validación multirregional de soluciones de CTeI
Esta línea comprende macroproyectos orientados al desarrollo y validación de una solución nueva o mejorada para atender un problema, necesidad u oportunidad común a varios territorios. La solución podrá corresponder a una tecnología, producto, proceso, método, modelo, protocolo, sistema o servicio y deberá contar con un punto de partida verificable que permita establecer el avance previsto durante la ejecución.
El macroproyecto podrá incluir actividades de investigación aplicada, desarrollo, prueba de concepto, experimentación o validación, de acuerdo con la naturaleza y el estado inicial de la solución. Cuando existan componentes tecnológicos, la propuesta deberá identificar su nivel de madurez inicial, el nivel que espera alcanzar y la evidencia e hitos que permitirán
verificar su avance.
Cuando al momento del cierre la solución ya cuente con evidencia verificable de validación en condiciones reales y el propósito principal sea su demostración, transferencia, adopción o escalamiento, deberá presentarse en la Línea 3.
Línea 3. Demostración, transferencia y adopción multirregional de soluciones de CTeI
Esta línea comprende macroproyectos orientados a demostrar, transferir, adoptar o escalar soluciones que, a la fecha de cierre de la convocatoria, cuenten con evidencia verificable de desarrollo y validación previa. El punto de partida deberá permitir establecer qué solución existe, qué resultados se han alcanzado y cuáles son las condiciones que permiten avanzar hacia su aplicación en los territorios de intervención.
La propuesta deberá identificar la solución que será demostrada, transferida, adoptada o escalada, la evidencia que sustenta su estado inicial, los escenarios en los que se desarrollará la intervención y los resultados que se espera alcanzar. Cuando existan
componentes tecnológicos deberá indicarse su nivel de madurez y la evidencia que lo sustenta. Para resultados no tecnológicos deberá presentarse evidencia equivalente que permita verificar su desarrollo y validación previa.
La intervención deberá mostrar una ruta clara desde la solución previamente desarrollada hasta su demostración, transferencia, incorporación o uso en los escenarios previstos, con responsables, metas y evidencias verificables.
Alcance del proyecto
6.1. Condiciones para acreditar el alcance nacional del macroproyecto
Para efectos de esta convocatoria, un macroproyecto tendrá alcance nacional cuando articule una intervención integrada en varias regiones del Sistema General de Regalías alrededor de un problema, necesidad u oportunidad común y de un resultado principal compartido.
Para acreditar esta condición, la propuesta deberá cumplir con los siguientes elementos:
● Abordar un problema, necesidad u oportunidad común sustentado en los territorios de intervención.
● Contar con un objetivo general único y un resultado principal correspondiente a una de las líneas definidas en el numeral 5.
● Desarrollar intervención directa en mínimo dos (2) regiones del Sistema General de Regalías, con al menos un (1) departamento de intervención directa en cada región.
● Organizar las actividades mediante paquetes de trabajo articulados, con responsables, productos, indicadores, metas, hitos, cronograma y presupuesto.
● Identificar la contribución verificable de cada región al resultado principal y la forma en que los aportes territoriales se integrarán en un resultado común.
● Incorporar una estrategia transversal de Apropiación Social del Conocimiento vinculada con los territorios y con el resultado principal.
● Definir una ruta de uso, operación, validación, transferencia, adopción o continuidad de los resultados, según la línea seleccionada.
● Mantener trazabilidad entre las demandas territoriales, las actividades, los productos, las metas, los territorios, los responsables y los recursos.
El alcance nacional se acreditará mediante la articulación técnica y operativa de los territorios alrededor del resultado común del macroproyecto. Cada región deberá contar con actividades, responsabilidades, productos o contribuciones a productos y recursos
claramente identificados.
6.1. Condiciones para acreditar el alcance nacional del macroproyecto
Para efectos de esta convocatoria, un macroproyecto tendrá alcance nacional cuando articule una intervención integrada en varias regiones del Sistema General de Regalías alrededor de un problema, necesidad u oportunidad común y de un resultado principal
compartido.
Para acreditar esta condición, la propuesta deberá cumplir con los siguientes elementos:
● Abordar un problema, necesidad u oportunidad común sustentado en los territorios de intervención.
● Contar con un objetivo general único y un resultado principal correspondiente a una de las líneas definidas en el numeral 5.
● Desarrollar intervención directa en mínimo dos (2) regiones del Sistema General de Regalías, con al menos un (1) departamento de intervención directa en cada región.
● Organizar las actividades mediante paquetes de trabajo articulados, con responsables, productos, indicadores, metas, hitos, cronograma y presupuesto.
● Identificar la contribución verificable de cada región al resultado principal y la forma en que los aportes territoriales se integrarán en un resultado común.
● Incorporar una estrategia transversal de Apropiación Social del Conocimiento vinculada con los territorios y con el resultado principal.
● Definir una ruta de uso, operación, validación, transferencia, adopción o continuidad de los resultados, según la línea seleccionada.
● Mantener trazabilidad entre las demandas territoriales, las actividades, los productos, las metas, los territorios, los responsables y los recursos.
El alcance nacional se acreditará mediante la articulación técnica y operativa de los territorios alrededor del resultado común del macroproyecto. Cada región deberá contar con actividades, responsabilidades, productos o contribuciones a productos y recursos
claramente identificados.
6.2. Intervención territorial directa
Un departamento se considerará territorio de intervención directa cuando en él se desarrolle al menos una actividad sustantiva vinculada con el resultado principal del macroproyecto.
Para efectos de esta convocatoria, se entenderá por actividad sustantiva aquella que contribuya directamente a la generación, desarrollo, validación, operación, demostración, transferencia, adopción o uso de un producto o resultado previsto en la línea seleccionada.
Para cada departamento de intervención directa, la propuesta deberá identificar como mínimo:
● La demanda territorial relacionada
● El problema, necesidad u oportunidad que se aborda
● Las actividades sustantivas que se desarrollarán
● El producto o la contribución al producto común
● El indicador y la meta correspondiente
● La entidad responsable
● El período de ejecución
● El hito o evidencia de cumplimiento
● El costo asociado.
Cada departamento deberá realizar una contribución verificable, incorporada en la propuesta, al resultado común del macroproyecto. Esta contribución podrá corresponder a una fase, actividad, componente, validación, operación, demostración, transferencia, adopción o uso de los resultados, de acuerdo con la naturaleza de la línea seleccionada.
Cuando una misma actividad o producto se desarrolle en varios departamentos, la propuesta deberá identificar de manera diferenciada la contribución de cada territorio, su meta, la entidad responsable y los recursos asociados.
La información territorial deberá guardar consistencia entre el documento técnico, la matriz de trazabilidad territorial, la cadena de valor, los paquetes de trabajo, el cronograma y el presupuesto.
Para acreditar el alcance territorial mínimo se contabilizarán los departamentos donde se desarrolle al menos una actividad sustantiva, conforme con la definición de este numeral y se identifique una contribución verificable al resultado principal. Las actividades de divulgación, las reuniones, la presencia de beneficiarios, las sedes institucionales, las cartas de apoyo o las actividades administrativas no serán suficientes por sí solas para acreditar la intervención directa en un departamento.
6.3. Paquetes de trabajo
El macroproyecto se organizará en paquetes de trabajo articulados entre sí. Para efectos de esta convocatoria, un paquete de trabajo corresponde a una unidad de planificación y ejecución que agrupa actividades relacionadas para cumplir un propósito definido y
contribuir a uno o varios objetivos específicos y al resultado principal del macroproyecto.
Cada paquete deberá tener un alcance claramente identificable y permitir establecer qué se espera obtener, quién responde por su ejecución, dónde se desarrolla, qué recursos requiere y cómo se articula con los demás paquetes. Un paquete de trabajo no corresponde a una actividad individual ni a una agrupación de actividades exclusivamente administrativa.
Para cada paquete de trabajo se deberá identificar como mínimo:
● El propósito y el objetivo específico al que contribuye
● La entidad responsable y el responsable de su ejecución
● Las demás entidades participantes y las responsabilidades que asumirán, cuando corresponda
● Los territorios en los que se desarrollará
● Las actividades previstas
● Los productos o contribuciones a productos
● Los indicadores y metas
● Los hitos y evidencias de cumplimiento
● El período de ejecución y la fecha prevista de entrega
● El presupuesto asociado
● Su relación y, cuando corresponda, dependencia con los demás paquetes de trabajo
Los paquetes podrán corresponder a etapas o componentes de generación de conocimiento, desarrollo, validación, operación, demostración, transferencia, adopción, Apropiación Social del Conocimiento o fortalecimiento de capacidades, de acuerdo con la línea seleccionada y la naturaleza del macroproyecto.
Cada paquete de trabajo deberá contar con una entidad responsable principal. Podrán participar otros integrantes de la alianza siempre que sus actividades, productos y responsabilidades se encuentren claramente definidos.
Cuando un paquete se desarrolle en varios territorios, deberá identificarse la contribución de cada uno, las actividades que allí se ejecutarán, los responsables, las metas, los hitos y los recursos asociados.
El conjunto de paquetes de trabajo deberá mostrar la secuencia, articulación y complementariedad necesarias para alcanzar el resultado principal del macroproyecto. Para ello deberá permitir identificar cómo los productos, hitos o resultados de cada paquete se relacionan entre sí y cómo las contribuciones de los diferentes territorios se integran en el
resultado común.
Su organización deberá permitir seguir de manera clara la ruta desde el problema, necesidad u oportunidad identificada hasta los productos, resultados y condiciones previstas para su uso, operación, validación, transferencia, adopción o continuidad.
La información de los paquetes de trabajo deberá guardar consistencia con el documento técnico, la matriz de trazabilidad territorial, la cadena de valor, el cronograma y el presupuesto.
6.4. Apropiación Social del Conocimiento
Cada macroproyecto deberá incorporar una estrategia de Apropiación Social del Conocimiento articulada con el problema, necesidad u oportunidad que aborda, los territorios de intervención y el resultado principal previsto.
La estrategia deberá desarrollarse durante la ejecución del macroproyecto y promover la participación de los actores relacionados con el problema y con los resultados esperados.
Su propósito deberá ir más allá de la divulgación de información e incorporar mecanismos que permitan comprender necesidades, intercambiar conocimientos, recoger aportes y retroalimentar el desarrollo, validación, uso o sostenibilidad de los resultados.
La estrategia deberá identificar como mínimo:
● Los actores participantes y su papel en el proceso
● El propósito de su participación
● Los momentos o etapas en los que participarán
● La metodología y las actividades previstas
● Los productos de Apropiación Social del Conocimiento
● Los indicadores y metas
● Los mecanismos de participación y retroalimentación
● La forma prevista para comunicar y compartir los resultados con los actores participantes
● La manera en que los aportes de los actores podrán contribuir al desarrollo, validación, uso o mejora de los resultados.
La propuesta deberá definir evidencias verificables de la ejecución de la estrategia de acuerdo con las actividades y productos previstos. Estas podrán incluir registros de participación, instrumentos diligenciados, reportes de trabajo colaborativo o validación,
productos desarrollados con los actores, repositorios, registros de uso u otras evidencias pertinentes según la naturaleza del macroproyecto.
Las actividades de comunicación, divulgación o socialización podrán formar parte de la estrategia cuando sean pertinentes, pero deberán articularse con procesos de participación, intercambio y retroalimentación relacionados con los resultados del macroproyecto.
6.5. Estado de desarrollo y evidencia técnica
La propuesta deberá identificar el estado de desarrollo del resultado principal y de los componentes necesarios para alcanzarlo.
Para ello deberá establecer el punto de partida, la evidencia que lo sustenta, el estado que se espera alcanzar durante la ejecución y los hitos que permitirán verificar el avance. Para acreditar el estado inicial podrán utilizarse resultados de investigación, desarrollos, prototipos, pruebas, validaciones, estudios, registros de desempeño u otras evidencias obtenidas previamente, siempre que sean pertinentes para el macroproyecto, permitan verificar el estado existente a la fecha de cierre de la convocatoria y guarden correspondencia con la línea seleccionada y el resultado principal.
Los niveles de madurez tecnológica (TRL) se aplicarán únicamente a los componentes de naturaleza tecnológica. Para cada componente tecnológico, el proponente deberá identificar un TRL inicial específico, sustentado con evidencia verificable y el TRL esperado al cierre del macroproyecto. No se admitirán rangos de TRL como sustituto de la identificación del nivel nicial o esperado. La evidencia presentada deberá permitir establecer las condiciones que sustentan el nivel declarado de acuerdo con las definiciones del Anexo 10. Niveles de Madurez Tecnológica.
El TRL esperado constituirá una meta técnica del macroproyecto y deberá guardar correspondencia con las actividades, los productos, los hitos, los recursos, el plazo de ejecución y el resultado principal. La propuesta deberá identificar los criterios y evidencias mediante los cuales se verificará el avance desde el TRL inicial hasta el TRL esperado.
La aplicación de los TRL deberá considerar la línea seleccionada de acuerdo con las siguientes condiciones:
Línea 1. Capacidades y servicios científico-tecnológicos compartidos. La propuesta deberá identificar el estado inicial de la capacidad o servicio, la brecha que se busca atender, las capacidades existentes y el estado esperado al cierre. Cuando incorpore componentes tecnológicos, cada uno deberá registrar su TRL inicial específico y el TRL esperado. No se establece un TRL mínimo de entrada para esta línea debido a que el resultado principal corresponde a la capacidad o servicio científico-tecnológico y no al desarrollo aislado de una tecnología. Cuando un componente tecnológico sea objeto de investigación aplicada, desarrollo, adaptación o integración durante el macroproyecto y resulte necesario para la operación de la capacidad o servicio, deberá alcanzar al cierre un nivel que permita demostrar su funcionamiento e integración en condiciones reales de operación, correspondiente como mínimo a TRL 7. Cuando se incorporen tecnologías que ya se encuentren en TRL 7, 8 o 9 no será obligatorio incrementar su TRL, pero deberá demostrarse su integración, funcionamiento y uso efectivo dentro de la capacidad o servicio.
Línea 2. Desarrollo y validación multirregional de soluciones de CTeI. La propuesta deberá partir de evidencia verificable que permita establecer el estado inicial de la solución y la brecha de desarrollo o validación que será abordada. Los componentes tecnológicos deberán identificar un TRL inicial específico que corresponda a TRL 3, 4 o 5 y deberán alcanzar como mínimo TRL 6 al cierre del macroproyecto. Podrán alcanzar TRL 7 cuando el alcance contemple demostración o validación de la solución en un entorno real u operativo. La propuesta deberá definir los escenarios de prueba o validación, los criterios de desempeño, los responsables, los hitos y las evidencias que permitirán verificar el avance alcanzado.
Línea 3. Demostración, transferencia y adopción multirregional de soluciones de CTeI. La solución deberá contar a la fecha de cierre de la convocatoria con evidencia verificable de desarrollo y validación previa. Los componentes tecnológicos deberán
acreditar como mínimo un TRL 6 a la fecha de cierre de la convocatoria. El estado esperado deberá corresponder a TRL 7, 8 o 9, de acuerdo con el alcance de demostración, transferencia, adopción o escalamiento propuesto. Cuando la solución ya se encuentre en TRL 7, 8 o 9 no será obligatorio incrementar numéricamente su TRL. En estos casos el avance deberá demostrarse mediante evidencia verificable de su aplicación, transferencia, incorporación, uso, adopción, despliegue o escalamiento en los escenarios comprometidos.
Cuando el resultado o alguno de sus componentes no sea tecnológico no se aplicará la escala TRL. En estos casos, la propuesta deberá identificar el estado inicial mediante evidencia verificable, establecer el avance previsto y definir el estado que se espera alcanzar al cierre. La evidencia podrá corresponder a resultados de investigación, métodos, modelos, protocolos, instrumentos, conjuntos de datos, experiencias previas, pruebas, validaciones, registros de aplicación u otros soportes acordes con la naturaleza del resultado.
Cuando un macroproyecto combine componentes tecnológicos y no tecnológicos, el estado de desarrollo deberá acreditarse de manera diferenciada. Los componentes tecnológicos utilizarán la escala TRL y los demás componentes deberán presentar evidencia equivalente acorde con su naturaleza.
El estado inicial y esperado, la evidencia que sustenta el punto de partida, los hitos y los criterios de verificación deberán presentarse en el apartado correspondiente del Anexo 2. Documento técnico del macroproyecto. Los documentos que acrediten el estado inicial deberán adjuntarse como soportes del documento técnico.
En todos los casos deberá existir consistencia entre el estado inicial, la evidencia presentada, la línea seleccionada, las actividades, los productos, los hitos, los territorios de intervención y el resultado esperado. Esta información deberá guardar correspondencia con el cronograma, el presupuesto y los demás documentos de la propuesta
6.6. Productos, indicadores e hitos
Los productos del macroproyecto deberán contribuir directamente al objetivo general, al resultado principal y a las actividades previstas en la línea seleccionada. Su formulación deberá guardar consistencia con la cadena de valor y con el Catálogo de Productos de la Metodología General Ajustada (MGA) vigente para el Sector 39 Ciencia, Tecnología e Innovación, programa 3906 o el que lo modifique o sustituya.
El documento técnico deberá diferenciar claramente el resultado principal del macroproyecto, los productos necesarios para alcanzarlo, los productos de Ciencia, Tecnología e Innovación asociados, los productos de la MGA correspondientes y los
indicadores y metas mediante los cuales se verificará su cumplimiento.
Condiciones inhabilitantes y causales de rechazo
Las condiciones inhabilitantes y causales de rechazo corresponden a circunstancias expresamente previstas en estos términos de referencia que impiden que una propuesta continúe en el proceso de la convocatoria o que una entidad pueda continuar participando cuando se configure la condición aplicable.
La verificación se realizará con fundamento en la información presentada por el proponente, las consultas efectuadas en fuentes oficiales y los documentos que integran la propuesta.
La decisión deberá identificar la condición o causal aplicada, el hecho que la configura, la evidencia utilizada y el momento en que fue verificada.
No se aplicarán condiciones inhabilitantes o causales de rechazo por analogía ni podrán establecerse mediante anexos, instructivos, preguntas frecuentes u otros documentos distintos de estos términos de referencia y sus modificaciones formales.
El incumplimiento de un requisito de participación dará lugar al rechazo cuando se trate de un requisito no subsanable o cuando, siendo susceptible de subsanación, no sea subsanado dentro del plazo y en las condiciones establecidas en el numeral 10.
Las condiciones inhabilitantes podrán verificarse en cualquier etapa del proceso cuando por su naturaleza sobrevengan o sean conocidas con posterioridad. Las condiciones propias de a etapa de viabilidad se verificarán conforme con el numeral 20 y con el Acuerdo 12 de 2024 o la norma que lo modifique, sustituya o adicione.
| Causales de rechazo o condición inhabilitante | Hecho que la configura | Evidencia de verificación | Momento de verificación |
|---|---|---|---|
| Radicación extemporánea | El proyecto no fue enviado formalmente a través del SIGP o de la plataforma oficial antes de la fecha y hora de cierre establecidas en el cronograma. | Registro oficial de la plataforma. | Cierre de la convocatoria. |
| Incumplimiento de las condiciones de participación | La entidad proponente o alguno de los integrantes de la alianza no cumple las condiciones que le resulten aplicables conforme con el numeral 3 y los requisitos del numeral 10. | Documentos de existencia y representación, registros oficiales y soportes establecidos para el requisito correspondiente | Los requisitos exigibles al cierre de la convocatoria se verificarán en la etapa de verificación de requisitos. Aquellos cuyo cumplimiento corresponda a una etapa posterior se verificarán en el momento expresamente previsto en estos términos de referencia. |
| Adecuado desempeño no acreditado | Cuando resulte aplicable la medición, la entidad proponente no acredita adecuado desempeño conforme con la metodología y la información oficial del Departamento Nacional de Planeación. Esta condición no se aplicará cuando la entidad no haya sido objeto de medición en los dos años inmediatamente anteriores en los términos establecidos en el numeral 10 | Reporte oficial del DNP | Los requisitos son exigibles al cierre de la convocatoria y se verifican en la etapa de verificación de requisitos. Si en cualquier etapa posterior se evidencia su incumplimiento, la propuesta será excluida del proceso |
| Responsabilidad fiscal | La entidad proponente o alguno de los integrantes de la alianza se encuentra reportado en el último Boletín de Responsables Fiscales aplicable expedido por la Contraloría General de la República. | Consulta oficial de la Contraloría General de la República. | Al cierre de la convocatoria y se verificará en la etapa de verificación de requisitos. Si en cualquier etapa posterior se evidencia su incumplimiento, la propuesta será excluida del proceso |
| Medida de control del SSEC | Antes de la designación como ejecutor existe una medida de control del Sistema de Seguimiento, Evaluación y Control del SGR que impide a la entidad correspondiente ejecutar proyectos financiados con recursos del SGR. | Consulta o acto oficial del SSEC. | Antes de la etapa de viabilización, priorización y aprobación. |
| Inhabilidad, incompatibilidad , prohibición o impedimento legal | La entidad proponente o alguno de los integrantes de la alianza se encuentra incurso en una inhabilidad, incompatibilidad, prohibición o impedimento legal que resulte aplicable a su participación o a la ejecución del proyecto. | Consulta oficial, documento o acto que acredite la situación | Al cierre de la convocatoria y se verificará en la etapa de verificación de requisitos. Si en cualquier etapa posterior se evidencia su incumplimiento, la propuesta será excluida del proceso |
| Alianza o compromisos obligatorios no acreditados | La alianza no cumple la composición mínima establecida en estos términos o no se acreditan las firmas, responsabilidades o compromisos exigidos a la fecha y hora de cierre de la convocatoria. También se configura esta causal cuando el retiro de un integrante implique el incumplimiento de la composición mínima de la alianza, la cobertura territorial, los roles o compromisos obligatorios o cualquier otra condición de participación exigida en estos términos de referencia. | Anexo 1, documentos de existencia y representación, firmas, compromisos y comunicaciones correspondientes. | Al cierre de la convocatoria y se verificará en la etapa de verificación de requisitos. Si en cualquier etapa posterior se evidencia su incumplimiento, la propuesta será excluida del proceso |
| Alcance territorial mínimo no acreditado | El macroproyecto no acredita la intervención directa en el número mínimo de regiones y departamentos establecido en el numeral 6.1 o alguno de los territorios utilizados para acreditar dicho mínimo no cumple las condiciones establecidas en el numeral 6.2 para ser considerado territorio de intervención directa | Anexo 2. Documento técnico del macroproyecto, Anexo 4. Demandas territoriales, cronograma, presupuesto y demás soportes territoriales exigidos en estos términos de referencia. | La condición deberá acreditarse al cierre de la convocatoria y se verificará en la etapa de verificación de requisitos. Si en cualquier etapa posterior se evidencia su incumplimiento, la propuesta será excluida del proceso. |
| Atención de demandas territoriales no acreditada | Uno o más de los departamentos utilizados para acreditar el alcance territorial mínimo no cuentan con la relación verificable con al menos una demanda territorial del bienio 2025-2026 en los términos establecidos en el numeral 4. | Anexo 4 y documento técnico. | Al cierre de la convocatoria y se verificará en la etapa de verificación de requisitos. Si en cualquier etapa posterior se evidencia su incumplimiento, la propuesta será excluida del proceso |
| Condición técnica o compromiso obligatorio de la línea no acreditado | La propuesta no acredita el estado de desarrollo, la evidencia técnica o los compromisos de operación, uso, validación, acceso, disponibilidad o adopción exigidos para la línea seleccionada. | Anexo 2. Documento técnico del macroproyecto y sus soportes, incluidos los documentos que acrediten el estado de desarrollo inicial y los compromisos de operación, uso, validación, acceso, disponibilidad o adopción exigidos para la línea seleccionada, debidamente suscritos por las entidades responsables. | Al cierre de la convocatoria y se verificará en la etapa de verificación de requisitos. Si en cualquier etapa posterior se evidencia su incumplimiento, la propuesta será excluida del proceso |
| Monto o duración por fuera de los límites establecidos | El monto solicitado al SGR supera el límite establecido en el numeral 14 de hasta CINCUENTA MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($50.000.000.000) por macroproyecto o el período de ejecución se encuentra por fuera del rango de treinta y seis (36) a cuarenta y ocho (48) meses | Presupuesto, SIGP y cronograma del proyecto. | Al cierre de la convocatoria y se verificará en la etapa de verificación de requisitos. Si en cualquier etapa posterior se evidencia su incumplimiento, la propuesta será excluida del proceso |
| Doble financiación o financiación previa del mismo alcance | El proyecto pretende financiar con recursos de la convocatoria una actividad, producto, gasto, adquisición, dedicación, componente o fase que está siendo financiada o que ya fue financiada con otra fuente para el mismo alcance. No se configura esta causal cuando exista complementariedad y los costos, actividades, productos y fuentes se encuentren claramente diferenciados y sean trazables. | Anexo 2. Documento técnico del macroproyecto, Anexo 3. Presupuesto, certificaciones de fuentes y demás soportes de financiación. | Al cierre de la convocatoria y se verificará en la etapa de verificación de requisitos. Si en cualquier etapa posterior se evidencia su incumplimiento, la propuesta será excluida del proceso |
| Permiso, licencia, aval ético o bioético u otra autorización obligatoria no acreditada | No se acredita un permiso, licencia, aval ético, aval bioético u otra autorización que conforme con la normativa aplicable o estos términos deba existir en el momento de la verificación. No se configurará esta causal cuando la autorización sea exigible en una etapa posterior y su estado haya sido identificado correctamente en la propuesta. | Anexo 2. Documento técnico del macroproyecto y cuando corresponda, documento, certificación, constancia de radicación u otro soporte expedido o recibido por la autoridad o instancia competente. | Se verificará en el momento en que el permiso, licencia, aval o autorización resulte exigible conforme con la normativa aplicable y estos términos de referencia. Cuando corresponda a una etapa Posterior, se verificará en dicha etapa |
| Información o documentación falsa o alterada | Se verifica falsedad, alteración, adulteración o modificación indebida de documentos o información presentada para acreditar una condición de participación, requisito, compromiso, experiencia,presupuesto, evidencia técnica o cualquier otro elemento de la propuesta | Verificación documental, consulta institucional o información proveniente de la autoridad competente. | En cualquier etapa del proceso. |
| Inconsistencia determinante de la información. | Se identifica una contradicción entre documentos o registros que no corresponde a un error formal subsanable y cuya corrección implicaría modificar el cumplimiento de un requisito, la línea seleccionada, el alcance territorial, un compromiso obligatorio, el monto solicitado o cualquier otro elemento sustantivo de la propuesta. | SIGP, anexos, documentos técnicos y demás soportes de la propuesta. | Al cierre de la convocatoria y se verificará en la etapa de verificación de requisitos. Si en cualquier etapa posterior se evidencia su incumplimiento, la propuesta será excluida del proceso |
| Documento obligatorio no presentado o presentado sin las condiciones requeridas | No se carga uno o más documentos exigidos como requisito o se presenta un archivo en blanco, dañado, ilegible, correspondiente a otro trámite o sin las firmas requeridas para acreditar una condición que debía existir a la fecha y hora de cierre. También se configura cuando se presenta únicamente un compromiso de aportar o suscribir posteriormente el documento obligatorio. | Registro del SIGP y documentos cargados por el proponente. | Al cierre de la convocatoria y se verificará en la etapa de verificación de requisitos. Si en cualquier etapa posterior se evidencia su incumplimiento, la propuesta será excluida del proceso |
| Requisito no subsanable incumplido o requisito no subsanado | Se verifica el incumplimiento de un requisito definido como no subsanable o vence el período de subsanación sin que el proponente haya acreditado el cumplimiento de un requisito cuya subsanación estaba permitida. | Resultado de la revisión de requisitos, observación formulada, respuesta del proponente y documentos presentados durante el período de subsanación. | Al cierre de la convocatoria y se verificará en la etapa de verificación de requisitos. Si en cualquier etapa posterior se evidencia su incumplimiento, la propuesta será excluida del proceso |
Duración y financiación
El monto indicativo de la Convocatoria No. 55 es de QUINIENTOS MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($500.000.000.000), de acuerdo con la actualización vigente del Plan de Convocatorias 2025-2026. Con estos recursos se espera financiar diez (10) acroproyectos nacionales, siguiendo el orden de elegibilidad y sujeto al cumplimiento de los requisitos y procedimientos para su viabilización, priorización y aprobación por el OCAD de CTeI.
La financiación por macroproyecto será de hasta CINCUENTA MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($50.000.000.000) con cargo a los recursos de la Asignación para la Ciencia, Tecnología e Innovación del SGR. El período de ejecución de cada macroproyecto deberá ser de mínimo treinta y seis (36) meses y máximo cuarenta y ocho (48) meses. La duración propuesta deberá justificarse de acuerdo con el alcance, las actividades, los hitos, el estado de desarrollo, los productos y las condiciones territoriales del macroproyecto y guardar coherencia con el presupuesto y el cronograma.
El cronograma deberá contemplar el alistamiento, la obtención de los permisos exigibles antes de iniciar las actividades correspondientes, la ejecución científico-tecnológica y los procesos de validación, Apropiación Social del Conocimiento, transferencia o adopción que correspondan a la línea seleccionada. También incluirá el cierre técnico y la entrega de
resultados.
Cada integrante de la alianza aportará una contrapartida en efectivo o en especie,cuantificada en términos monetarios e incorporada como fuente de financiación del macroproyecto. Para cada aporte se identificará su naturaleza, valor, forma de valoración, entidad aportante, soporte del compromiso, actividad o producto al que se destina y momento previsto de entrega. Las contrapartidas comprometidas formarán parte de la estructura de financiación del proyecto aprobado. Para efectos del subcriterio 1.5, se contabilizarán los aportes de contrapartida en efectivo o en especie debidamente cuantificados y soportados. Los aportes en especie deberán contar con una metodología de valoración verificable y guardar relación directa con las actividades, productos o paquetes de trabajo del macroproyecto.
Los costos de matrícula, sostenimiento, becas, apoyos académicos o estancias podrán financiarse únicamente cuando estén expresamente contemplados entre los conceptos autorizados en estos términos de referencia y desarrollados en el Anexo 3. Presupuesto. La vinculación de estudiantes, jóvenes investigadores o doctores al macroproyecto no autoriza por sí sola la financiación de estos conceptos.
Cronograma
| Actividad | Fecha |
|---|---|
| Apertura de la convocatoria | 23 de octubre de 2026 |
| Solicitud de creación de usuario o rol formulador en la PIIP | 23 octubre al 10 de noviembre de 2026 |
| Presentación de Proyectos | 23 de octubre al 13 de noviembre de 2026. Hora de cierre: 04:00 p.m. (Hora Colombia |
| Solicitudes de aclaración sobre los términos de referencia | 23 al 27 de octubre de 2026 Hora de cierre: 04:00 p.m. (Hora Colombia) |
| Respuesta a observaciones | 3 de noviembre de 2026 |
| Revisión de requisitos habilitantes | 13 al 17 de noviembre de 2026 |
| Subsanación de requisitos habilitantes | 18 al 19 de noviembre de 2026 Hora de cierre: 04:00 p.m. (Hora Colombia) |
| Verificación final de requisitos de habilitantes | 20 al 23 de noviembre de 2026 |
| Evaluación de proyectos | hasta el 02 de diciembre de 2026 |
| Publicación de listados preliminares de proyectos elegibles | 3 de diciembre de 2026 |
| Observaciones a los listados preliminares | 4 y 7 de diciembre de 2026 Hora de cierre: 04:00 p.m. (Hora Colombia) |
| Respuesta a las observaciones de evaluación | 9 de diciembre de 2026 |
| Publicación del listado definitivo de proyectos elegibles | 10 de diciembre de 2026 |
| Carga y transferencia del proyecto en PIIP o en el sistema habilitado para el Banco de Proyectos del SGR | Hasta el 15 de diciembre de 2026 |
| Revisión de requisitos del SGR | 16 al 22 de diciembre de 2026 |
| Envío de proyectos al OCAD CTeI | 22 de diciembre de 2026 |
| Viabilización, priorización y aprobación por el OCAD CTeI | 29 de diciembre de 2026 |
Anexos
TdR Convocatoria 55 del SGR.
Anexo 1. Carta unificada de aval, compromiso institucional y modelo de gobernanza de la alianza.
Anexo 2. Documento técnico del macroproyecto.
Anexo 3. Presupuesto.
Anexo 4. Demandas territoriales
Anexo 5. Formato proyectos de ciencia, tecnología e innovación ejecutados o en ejecución.
Anexo 6. Definiciones.
Anexo 7. Marco Normativo.
Anexo 8. Distribución geográfica SGR.
Anexo 9. Procedimiento para la creación del usuario o Rol Formulador CTeI.
Anexo 10. Niveles de madurez tecnológica.
Anexo 11. Estrategia de Apropiación Social del Conocimiento.
Anexo 12. Requisitos
Anexo 13. Instructivo para generar MGA-WEB en borrador.
Cualquier duda o inquietud al respecto con gusto será resuelta por la funcionaria Juliana Arias Villegas
(innovacionutp@utp.edu.co, 3137309 Ext. 7693)












