Convocatoria Ecosistemas en Energía Sostenible, Eficiente y Asequible-2023
Procedimiento interno para la priorización de propuestas a presentar por parte de la Universidad Tecnológica de Pereira como proponente en la Convocatoria 938 de 2023 Convocatoria «Ecosistemas en Energía Sostenible, Eficiente y Asequible -2023»
La Vicerrectoría de Investigaciones, Innovación y Extensión informa a los grupos de investigación interesados en participar como proponentes en la Convocatoria 938 de 2023 – Convocatoria Ecosistemas en Energía Sostenible, eficiente y asequible-2023″ que debido a la inhabilidad establecida en el numeral 10.2 de los términos de referencia «La entidad ejecutora podrá presentar un máximo de hasta tres (3) proyectos de Energía Sostenible, eficiente y asequible-2023.», se deberá priorizar las cuatro propuestas a presentar en calidad de proponente por parte de la Universidad Tecnológica de Pereira, para lo cual se estableció el siguiente procedimiento:
1. Los interesados en participar en la convocatoria, deberán diligenciar el formulario: VER antes del viernes 28 de abril de 2023.
2. El Comité Central de Investigaciones revisará las propuestas y la pertinencia y experiencia del grupo de investigación en la temática planteada y realizará la priorización correspondiente, en una reunión extraordinaria el viernes 5 de mayo de 2023.
Con relación al Comité de Bioética las propuestas priorizadas deberán hacer la solicitud antes del 25 de mayo de 2023.
Por otra parte, en caso de presentarse como entidad aliada en una propuesta presentada por parte de otra institución, se deberá solicitar el aval respectivo antes del jueves 01 de junio de 2023 al correo innovacionutp@utp.edu.co, teniendo en cuenta el procedimiento diseñado para tal fin: VER
Cualquier duda o inquietud al respecto con gusto será resuelta por la funcionaria Juliana Villegas Arias
(innovacionutp@utp.edu.co, 3137309 Ext. 7693)
Objetivo:
Conformar un banco de propuestas elegibles de Programas de I+D+i tipo Ecosistema de Investigación e Innovación enfocados en el desarrollo, adopción y adaptación de tecnologías para apoyar el proceso de transición energética del País, basadas en la aplicación de resultados de investigación o la adopción o adaptación de tecnologías convergentes.
Objetivos específicos:
- Incentivar y/o fortalecer alianzas entre actores del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación a través de la conformación de Ecosistemas de Investigación e Innovación y la ejecución de Programas de I+D+i que conduzcan al desarrollo, adopción y adaptación de tecnologías para apoyar el proceso de transición energética.
- Fomentar el desarrollo de Programas de I+D+i dirigidos a desarrollar y validar tecnologías para apoyar la transición energética que contribuyan a la disminución de la huella de carbono de la economía, a partir de la validación del desarrollo en entorno de laboratorio (TRL3-4) y a escalas precomercial (TRL 5 a 6) y comercial (TRL 7 a 9).
- Fortalecer las capacidades y vocaciones científicas nacionales mediante la vinculación de Jóvenes Investigadores e Innovadores y la vinculación de Doctores en los Ecosistemas de Investigación e Innovación.
- Contribuir al cumplimiento de las bases del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 en lo referente a la “Transformación productiva, internacionalización y acción climática”, y las Políticas de Investigación e Innovación Orientadas por Misiones (PIIOM) para la solución de grandes desafíos del País.
Dirigida a:
Las propuestas deberán ser presentadas a través de una Alianza estratégica conformada por mínimo:
● Una Institución de Educación Superior (IES) nacional con acreditación institucional de alta calidad vigente;
● Una empresa, nacional o internacional con presencia en el País, que desarrolle proyectos de I+D+i enfocados en los ejes temáticos de la presente convocatoria.
● Un Centro o Instituto de Investigación público, privado o mixto; o un Centro de Desarrollo Tecnológico (dependiente o autónomo) público o privado; o un Centro de Innovación y productividad público o privado; con reconocimiento vigente por el Ministerio o estar en proceso de renovación del reconocimiento a la fecha de cierre de la convocatoria.
● Una IES nacional no acreditada o uno de los siguientes actores reconocidos: una Unidad Empresarial de I+D+i; o una Incubadora de Empresas de Base Tecnológica; o un Parque Científico, Tecnológico o de Innovación; o una Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI).
Una vez se cumpla con el mínimo de la alianza, podrán participar otros actores en calidad de Coejecutores y/o Colaboradores.
En una misma propuesta, las entidades participantes de la alianza no podrán ostentar más de un rol.
ENTIDAD EJECUTORA
La Entidad Ejecutora de la Alianza del Programa de I+D+i será la encargada de presentar la propuesta, administrar los recursos financieros y garantizar su correcta ejecución, coordinar las acciones entre los integrantes de la Alianza en función de su modelo de gobernanza, y presentar informes técnicos y financieros de avance y final. Además, será la interlocutora con el MINISTERIO. La Entidad Ejecutora debe acreditar experiencia verificable en el eje temático al que se presenta en la convocatoria.
En este sentido, las entidades que pueden actuar en calidad de Ejecutoras de esta convocatoria son las siguientes:
Instituciones de Educación Superior (IES) acreditadas: Instituciones de Educación Superior colombianas, con acreditación institucional de alta calidad vigente expedida por el Ministerio de Educación Nacional de acuerdo con el concepto favorable del Consejo Nacional de Acreditación-CNA6 a la fecha de cierre de la convocatoria.
Centros o Institutos de Investigación reconocidos: Organizaciones públicas o privadas dedicadas a la generación de conocimiento fundamental para el país mediante proyectos de investigación científica básica y/o aplicada en líneas de investigación específicas. Un centro de investigación puede prestar servicios técnicos y de gestión a sus posibles beneficiarios, puede estar orientado a la generación de bienes públicos de conocimiento para el País, así como tener una orientación a la generación de conocimiento y su aplicación mediante procesos de desarrollo tecnológico. Estas entidades deben tener reconocimiento vigente o en proceso de renovación por el MINISTERIO a la fecha de cierre de la convocatoria.
Centros de Desarrollo Tecnológico reconocidos: Organizaciones públicas o privadas, dedicadas al desarrollo de proyectos de investigación aplicada, el desarrollo de tecnología propia y actividades de transferencia que responden a necesidades y/o oportunidades de desarrollo social y económico del país, sus regiones y/o ciudades8 . Estas entidades deben tener reconocimiento vigente o en proceso de renovación por el MINISTERIO a la fecha de cierre de la convocatoria.
Centros de Innovación y de Productividad reconocidos: Organizaciones públicas o privadas, con personería jurídica propia o dependientes de otra entidad establecida en Colombia, que tienen como propósito contribuir al mejoramiento de la competitividad y la productividad a nivel local, regional o nacional, induciendo la demanda por conocimiento científico, desarrollo tecnológico y/o innovación entre actores clave, así como promoviendo la interacción y el flujo de información entre ellos9 . Estas entidades deben tener reconocimiento vigente o en proceso de renovación por el MINISTERIO a la fecha de cierre de la convocatoria.
Empresas Altamente Innovadoras (EAI) reconocidas: Empresas privadas que realizan de manera sistemática, actividades conducentes a la innovación mediante procesos claramente establecidos, recursos asignados y resultados verificables10 , reconocidas o en proceso de renovación por el MINISTERIO como Empresas Altamente Innovadoras a la fecha de cierre de la convocatoria.
ENTIDADES COEJECUTORAS
Entidades que conforman la alianza y aportan contrapartida (en dinero y/o en especie). Estas entidades también asumen responsabilidades frente a los objetivos, compromisos y entregables del Programa de I+D+i.
Además de los integrantes de la alianza mínima que participan en calidad de Entidades Coejecutoras, podrán participar otros actores del SNCTI definidos en el artículo 5 del Decreto 1666 de 2021 en calidad de Coejecutoras.
ENTIDADES COLABORADORAS
Adicionalmente podrán participar como Entidades Colaboradoras del Programa de I+D+i otros actores del SNCTI según el artículo 5 del Decreto 1666 de 2021, quienes no recibirán recursos de financiación de esta convocatoria, ni realizarán aportes de contrapartida, pero están en capacidad de aportar al logro de los objetivos del Programa o de sus proyectos. En este caso, dicha participación deberá ser avalada por el representante legal de la Entidad Ejecutora, justificando la pertinencia y el aporte de la participación en la Carta Unificad de Aval, Compromiso Institucional y Modelo de Gobernanza (Ver anexos 4 y 7). Pueden participar como entidades colaboradoras:
• Consejos comunitarios de comunidades negras: Persona jurídica que ejerce la máxima autoridad de administración interna dentro de las tierras de las comunidades negras, de acuerdo con los mandatos constitucionales y legales que lo rigen y los demás que le asigne el sistema de derecho propio de cada comunidad. Está conformado por una Asamblea General y una Junta.
• Autoridades tradicionales de Resguardos indígenas: Las autoridades tradicionales son los miembros de una comunidad indígena que ejercen, dentro de la estructura propia de la respectiva cultura, un poder de organización, gobierno, gestión o control social.
• Poblaciones afectadas por el conflicto, registradas en el registro único de víctimas o sus organizaciones comunitarias, así como desmovilizados en Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación o en condición de legalidad que tengan avances en emprendimientos basados en soluciones a los desafíos planteados en la convocatoria.
• Instituciones Extranjeras sin representación legal en Colombia.
Notas:
a. En la conformación de la alianza se debe reflejar el carácter interinstitucional e interdisciplinario, el compromiso y la participación en términos presupuestales, técnicos y operativos. El modelo de gobernanza de la alianza deberá presentarse debidamente diligenciado en la Carta Unificada de Aval, Compromiso Institucional y Modelo de Gobernanza (Anexo 4).
b. La información relacionada con la experiencia y trayectoria de las instituciones participantes de la alianza será considerada en la etapa de evaluación de las propuestas que se presenten a la convocatoria, a partir de la información registrada en el Sistema Integrado de Gestión de Proyectos-SIGP.
c. La información sobre las IES acreditadas puede ser consultada en el Consejo Nacional de Acreditación (CNA)11 o el Sistema Nacional de Información de Educación Superior (SNIES)12 .
d. En una misma propuesta, las entidades participantes de la alianza no podrán ostentar más de un rol.
Ejes Temáticos:
- Hidrógeno de bajas emisiones.
- Almacenamiento de energía eléctrica y térmica.
- Redes inteligentes.
- Tecnologías de captura, almacenamiento y uso de carbono – CCUS.
- Movilidad eléctrica.
- Bioenergía.
- Eficiencia energética (Tecnologías de uso final, nuevos materiales).
Requisitos (Ver Términos de referencia)
Requisitos de participación de la alianza:
- Cumplir con lo establecido en el numeral 3. “DIRIGIDO A” de los presentes términos de referencia.
- Inscribir la propuesta completa del Programa de I+D+i en el Sistema Integrado de Gestión de Proyectos-SIGP teniendo en cuenta las fechas establecidas en el cronograma de la convocatoria, en alguno de los Ejes temáticos definidos en el numeral 4. “EJES TEMÁTICOS” de los presentes Términos de Referencia. El formulario del Programa de I+D+i y sus proyectos diligenciados en el SIGP, deberán contener la información requerida en el Anexo 2.
- Adjuntar la Carta Unificada de Aval, Compromiso Institucional y Modelo de Gobernanza, debidamente diligenciada y firmada por los representantes legales de las entidades que hagan parte de la alianza, o quienes hagan sus veces, siempre y cuando se adjunte el documento que lo faculte. A su vez, el modelo de gobernanza de la alianza deberá presentarse debidamente diligenciado en la carta de aval. Las entidades que hagan parte de la Alianza deberán comprometer conjuntamente una contrapartida en dinero y/o especie por un monto mínimo del 30% del valor solicitado al Ministerio para financiar el Programa de I+D+i (ver numeral 11.1 sin tener en cuenta los rubros para el apoyo económico a Jóvenes Investigadores e Innovadores y el Apoyo al Doctor de la estancia posdoctoral). Todas las entidades nacionales que hagan parte de la Alianza deberán realizar un aporte para soportar su participación, exceptuando las entidades que participen como colaboradoras. Los aportes de contrapartida de las empresas que participen en el programa de I+D+i -a excepción de las microempresas y las Spin-off-, deberán tener en cuenta un mínimo de contrapartida en dinero; esta contrapartida deberá estar dentro del rango entre el 10% y el 40% del valor total de contrapartida aportado por la empresa, de acuerdo con su tamaño (Ver cuadro 1, numeral 11. DURACIÓN Y FINANCIACIÓN). Los Centros autónomos y reconocidos por el MINISTERIO que hagan parte de la alianza, no están obligados a realizar aportes de contrapartida de conformidad con el numeral 8.2.2 de la Política de actores del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación- SNCTI adoptada mediante Resolución No. 1473 de 2016. El porcentaje total deberá ser cubierto en tal caso por las demás entidades que conforman la alianza.
- Las empresas participantes deben haber sido constituidas como mínimo hace dos (2) años, lo cual se verificará a través del registro mercantil o el acto administrativo de creación. Si alguna entidad tiene constitución fuera del País, se deberá demostrar sucursal con personería jurídica en Colombia. Toda la documentación que permita verificar el cumplimiento de este requisito deberá ser presentada como anexo de la propuesta. Adjuntar certificado que valide el tamaño de la empresa.
- En el SIGP deberán registrarse entre tres (3) y hasta cuatro (4) proyectos de Ciencia, tecnología e innovación articulados al Programa de I+D+i postulado.
- Registrar en el SIGP el estado de madurez de la tecnología o producto de acuerdo con la TRL propuesta (Ver Anexo 3) y anexar las respectivas evidencias.
- Registrar en el SIGP la “Experiencia en proyectos de I+D+i” según se describe el Anexo 2, y anexar las respectivas evidencias.
- Al momento de inscripción de la propuesta en el SIGP, se debe inscribir el personal correspondiente e identificar el nombre del Director del Programa de I+D+i y de los investigadores principales de los proyectos que conforman el Programa los cuales para fungir con dicho rol, deberán cumplir con lo indicado en el numeral 12. CONTENIDOS DEL PROGRAMA DE I+D+i.
- Presentar concepto de un comité de ética/bioética, cuando aplique, donde se especifique que el Programa I+D+i de solución a los desafíos ha sido revisado y avalado. En caso de que ninguna de las instituciones que conforman la Alianza cuenten con un comité de ética, podrá solicitar el concepto ante otra entidad que sí cuente con uno. Debe anexar a este aval, el acto administrativo que soporta la conformación del Comité de ética o de Bioética que lo expide. Así mismo cuando aplique, se deberá presentar las evidencias del trámite o la existencia de permisos y licencias ambientales necesarios para la ejecución de la propuesta, de acuerdo con la normatividad colombiana vigente.
- Las alianzas enfocadas en el desarrollo de Programas de I+D+i en las etapas 6 a 9 de la TRL deberán incluir dentro de su conformación, Organizaciones con experiencia en transferencia de resultados de investigación o incubación de Empresas de Base Tecnológica, legalmente constituidas en Colombia y verificable en su objeto social o estatutos, con capacidad o visión para explotar comercialmente los productos relacionados con los ejes temáticos definidos en el numeral 4 de la presente convocatoria.
Requisitos del Joven Investigador e Innovador:
- En el registro del Programa de I+D+i en el SIGP, deberán quedar registrados en los proyectos el perfil, funciones y presupuesto destinado para la vinculación de cada uno de los diez (10) Jóvenes Investigadores e Innovadores (mínimo 10 Jóvenes). Serán cupos, por lo tanto, para el registro del Programa de I+D+i no se exigirá la identificación del(la) Joven, con la salvedad de que su identificación será exigida para su vinculación durante la ejecución del Programa, según las consideraciones señaladas en el Numeral 7-VINCULACIÓN DE JÓVENES INVESTIGADORES E INNOVADORES de los presentes términos de referencia.
Requisitos de participación del Doctor que realizará la estancia posdoctoral:
En el registro del Programa de I+D+i en el SIGP, deberán quedar registrados en los proyectos el perfil, funciones y presupuesto destinado para la vinculación de los cinco (5) Doctores. Serán cupos, por lo tanto, para el registro del Programa de I+D+i no se exigirá la identificación del(la) Doctor, con la salvedad de que su identificación será exigida para su vinculación al inicio de la ejecución del Programa, según las consideraciones señaladas en el Numeral 8- VINCULACIÓN DE DOCTORES PARA REALIZAR ESTANCIAS POSDOCTORALES de los presentes términos de referencia.
Requisitos opcionales, no inhabilitantes:
- En caso de que exista el interés de acceder a los beneficios tributarios que establece la ley para fomentar la inversión en I+D+i y promover la competitividad en las empresas y el desarrollo de investigaciones de alto impacto para el País (Ver Anexo 7), se deberá diligenciar en el SIGP la información respectiva. Para acceder al beneficio tributario, el Programa de I+D+i deberá ser elegido y financiado. Este requisito es opcional y no es de carácter inhabilitante.
- Los integrantes del equipo investigador del Programa de I+D+i que sean miembros de: población negra, afrocolombiana, raizal, palenquera o ROM, deberán anexar el Certificado de Auto Reconocimiento expedido por el Ministerio del Interior. Los integrantes que sean miembros de una comunidad indígena deberán anexar el Certificado del Registro de la Autoridad o Cabildo de las Comunidades y/o Resguardos Indígenas expedido por el Ministerio del Interior. Los integrantes que sean víctimas del conflicto armado deberán anexar el Certificado expedido por la Unidad para la Atención y Reparación Integral para las Víctimas. Los integrantes en condición de discapacidad: Adjuntar certificado de discapacidad expedido por las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) autorizadas por las secretarías de salud de orden distrital y municipal para realizar el procedimiento de certificación. Este requisito es opcional y no es de carácter inhabilitante.
Notas:
a. El proponente deberá tener en cuenta que con el incumplimiento de alguno de los requisitos no podrá pasar a la etapa de evaluación de la convocatoria.
b. La información relacionada con la experiencia y trayectoria de las instituciones participantes de la alianza será considerada en la etapa de evaluación de las propuestas que se presenten a la convocatoria, a partir de la información registrada en el Sistema Integrado de Gestión de Proyectos-SIGP.
Condiciones inhabilidatas
Son todas aquellas condiciones de modo, tiempo y lugar, objetivas o subjetivas, antecedentes o concomitantes, predicables del aspirante inscrito en la Convocatoria o del Programa I+D+i sometido a consideración del MINISTERIO que impiden la continuidad de su participación en el proceso de selección, o que, habiendo obtenido el beneficio de que se trate, le hacen imposible disfrutarlo.
De los Investigadores:
a. En calidad de Director del Programa de I+D+i, el investigador sólo podrá participar en una (1) propuesta de Programa.
b. En calidad de Investigador principal del proyecto, un investigador podrá participar en máximo dos (2) propuestas de proyectos del mismo programa.
De las Entidades de la alianza:
a. No cumplir con los requisitos y lineamientos establecidos en los términos de referencia de la convocatoria o que estos no se subsanen dentro de los plazos establecidos.
b. No cumplir con los requisitos legales para la suscripción del contrato de financiamiento de recuperación contingente, en caso de ser beneficiado por la presente convocatoria.
c. Estar incurso en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad y que no se encuentre apto para contratar de acuerdo con lo establecido en la Constitución, en la Ley y Reglamentos. Las inhabilidades son de orden Constitucional y legal, el artículo 126 de la Constitución Nacional establece inhabilidades para los grados de parentesco y en la ley encontramos las inhabilidades contempladas en el Artículo 8 (Inhabilidades e incompatibilidades para contratar) de la Ley 80 de 1993. Disposiciones especiales como los artículos 5 y 90 de la Ley 1474 de 2011 y el artículo 71 de la Ley 1952 de 2019 el Código General Disciplinario contempla otras causales de inhabilidad, entre otras normas. Las inhabilidades e incompatibilidades están establecidas para asegurar los intereses públicos y proteger la transparencia, objetividad e imparcialidad en las relaciones entre el Estado y los particulares.
d. Alterar alguno de los documentos solicitados en la sección de requisitos.
e. La entidad que se presente en calidad de ejecutora sólo podrá presentar hasta tres (3) Programas a esta convocatoria con este rol (ejecutora), siempre que sean enfocados en ejes temáticos diferentes. Si se presenta más de una propuesta en respuesta a un mismo eje temático, sólo se tendrá en cuenta la primera registrada. Si se presentan más de tres propuestas en respuesta a ejes temáticos diferentes, solo se tendrán en cuenta las tres primeras registradas en respuesta a esos ejes. Esta inhabilidad también aplica para las instituciones que tienen más de una sede.
f. La propuesta presentada no podrá ser financiada simultáneamente con recursos de otra convocatoria del MINISTERIO.
Del Doctor que realizará la estancia posdoctoral:
a. Ser beneficiario de manera simultánea de convocatorias financiadas o cofinanciadas por EL MINISTERIO, en su participación como Doctor o estancia postdoctoral.
b. No podrá participar de manera simultánea en dos o más proyectos de CTeI de la presente convocatoria.
c. Estar incurso en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad de acuerdo con lo establecido en la Constitución, en Ley y Reglamentos.
d. Las inhabilidades son de orden Constitucional y legal, el artículo 126 de la Constitución Nacional establece inhabilidades para los grados de parentesco y en la ley encontramos las inhabilidades contempladas en el Artículo 8 (Inhabilidades e incompatibilidades para contratar) de la Ley 80 de 1993. Disposiciones especiales como los artículos 5 y 90 de la Ley 1474 de 2011 y el artículo 71 de la Ley 1952 de 2019 el Código General Disciplinario contempla otras causales de inhabilidad, entre otras normas. Las inhabilidades e incompatibilidades están establecidas para asegurar los intereses públicos y proteger la transparencia, objetividad e imparcialidad en las relaciones entre el Estado y los particulares.
e. El Doctor no puede ser Representante Legal de alguna de las Entidades aliadas.
f. Tener vínculo contractual con la Entidad Ejecutora a la fecha de apertura de la convocatoria. Se permitirá la participación de doctores vinculados como profesores de hora cátedra y ocasionales.
g. Haber sido declarado en incumplimiento en cualquiera de los mecanismos operados por el Ministerio en los últimos 5 años.
Del Joven Investigador e Innovador:
a. Ser beneficiario de manera simultánea de convocatorias financiadas o cofinanciadas por EL MINISTERIO, en su participación como Joven Investigador e Innovador.
b. No podrá participar de manera simultánea en dos o más proyectos de CTeI de la presente convocatoria.
c. Haber recibido financiación del Programa Jóvenes Investigadores e Innovadores por dos o más becas pasantías o pasantías de investigación.
d. Estar incurso en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad de acuerdo con lo establecido en la Constitución, en Ley y Reglamentos Las inhabilidades son de orden Constitucional y legal, el artículo 126 de la Constitución Nacional establece inhabilidades para los grados de parentesco y en la ley encontramos las inhabilidades contempladas en el Artículo 8 (Inhabilidades e incompatibilidades para contratar) de la Ley 80 de 1993. Disposiciones especiales como los artículos 5 y 90 de la Ley 1474 de 2011 y el artículo 71 de la Ley 1952 de 2019 el Código General Disciplinario contempla otras causales de inhabilidad, entre otras normas. Las inhabilidades e incompatibilidades están establecidas para asegurar los intereses públicos y proteger la transparencia, objetividad e imparcialidad en las relaciones entre el Estado y los particulares.
Cronograma
ACTIVIDAD | FECHA LIMITE |
---|---|
Apertura de la convocatoria | 30 de marzo de 2023 |
Cierre de la convocatoria | 15 de junio de 2023 a las 4:00 pm (hora Colombia) |
Periodo de revisión de requisitos | Del 16 al 30 de junio de 2023 |
Período de subsanación de requisitos | Del 28 al 27 de junio de 2023 a las 4:00 pm (hora Colombia) |
Publicación del banco preliminar de elegibles | 23 de agosto de 2023 |
Período de solicitud de aclaraciones del banco preliminar de elegibles | Del 24 al 25 de agosto de 2023 hasta las 4:00 pm (hora Colombia) |
Respuesta a solicitud de aclaraciones | Del 28 de agosto al 01 de septiembre de 2023 |
Publicación del banco definitivo de elegibles | 14 de septiembre de 2023 |
Documentos de la convocatoria
- Términos de referencia.
- Anexo 1: Definiciones y conceptos.
- Anexo 2: Descripción de los contenidos del Programa de I+D+i.
- Anexo 3: Niveles de Madurez Tecnológica (TRL) y de manufactura (MRL).
- Anexo 4: Carta Unificada de Aval, Compromiso Institucional y Modelo de Gobernanza.
- Anexo 5: Descripción de los productos esperados.
- Anexo 6: Modelo de aval de la Organización y/o Comunidad.
- Anexo 7: Beneficios Tributarios