FUNCIONES DEL COMITÉ DE INVESTIGACIONES, INNOVACIÓN Y EXTENSIÓN
Según lo establecido en el Acuerdo de Consejo Superior Universitario No. 28 del 03 de agosto de 2016, por medio del cual se actualiza la normatividad vigente sobre fomento a la Investigación en la Universidad Tecnológica de Pereira y se adoptan otras disposiciones.
Funciones del Comité de Investigaciones, Innovación y Extensión. Las funciones del Comité de Investigaciones, Innovación y Extensión de cada facultad en lo que corresponde a la Investigación e Innovación son las siguientes:
- Revisar la creación, modificación o eliminación de las líneas de investigación de la facultad de acuerdo con las áreas estratégicas enmarcadas dentro de su plan de gestión y presentar informe al Consejo de Facultad con su respectiva recomendación.
- Analizar la pertinencia con las políticas, líneas y grupo de investigación y el plan de trabajo presentado, para emitir su recomendación ante el Consejo de Facultad y solicitar su posible inscripción en la Vicerrectoría de Investigaciones, Innovación y Extensión.
- Realizar la evaluación interna de las propuestas de investigación, teniendo en cuenta los criterios señalados a continuación:
- Criterio programático: Evaluación del proyecto respecto a las líneas o políticas de investigación adoptadas por el Consejo Académico. Justificación del proyecto de acuerdo con los objetivos y necesidades de los programas académicos de la respectiva Facultad o Escuela y de acuerdo con las necesidades de la región y el país.
- Criterio ético: Según la evaluación hecha por el comité de bioética para los estudios realizados en seres humanos.
- Criterio de disponibilidad del recurso humano y físico: De acuerdo con las necesidades esbozadas en el proyecto se consideran entre otras.
- Disponibilidad de los talleres, laboratorios y demás instrumentos y herramientas investigativas.
- Revisar con base en los resultados de las evaluaciones externas los proyectos de investigación que no requieran financiación.
- Evaluar los informes parcial y final de los proyectos de investigación registrados en la Vicerrectoría de Investigaciones, Innovación y Extensión.
- Brindar respuesta oportuna a las solicitudes de información enviadas por la Vicerrectoría de Investigaciones, Innovación y Extensión relacionada con los grupos y los proyectos de investigación adscritos a la facultad.
- Tener conocimiento de los objetivos, resultados y estados parciales de todos los proyectos en ejecución de su facultad.
- Propiciar la presentación de proyectos que conlleven la integración de la Universidad con el medio, de tal manera que ellos sirvan para la solución de problemas regionales o nacionales.
- Revisar los programas de pregrado y postgrado en relación con la formación en investigación y proponer al Comité Curricular del programa respectivo las reformas pertinentes.
- Cada dos años, los Comités de Investigación, Innovación y Extensión de las Facultades y el Comité Central de Investigaciones de la Universidad, harán la evaluación de los resultados de la actividad investigativa de los Grupos y Semilleros de Investigación y de su Plan de Trabajo.
- Las demás que el Consejo de Facultad le designe relacionadas con el propósito del comité.
CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE INVESTIGACIONES, INNOVACIÓN Y EXTENSIÓN
En cada Facultad existirá un comité de investigaciones, innovación y extensión, conformado por:
a) El Decano.
b) Un director de programa elegido por el Consejo de Facultad.
c) Tres docentes de la Facultad elegidos por los docentes de la misma.
PARÁGRAFO: Los miembros del Comité de Investigaciones, Innovación y Extensión de la facultad que sean elegidos o designados tendrán un período de dos años y es necesario oficializarlo ante la Vicerrectoría de Investigaciones, Innovación y Extensión.