CONVOCATORIA 935 PROGRAMA ORQUÍDEAS, MUJERES EN LA CIENCIA: AGENTES PARA LA PAZ

Objetivo:

Conformar un banco de propuestas elegibles en las cuales se contemple la realización de proyectos de investigación, desarrollo tecnológico y/o innovación (I+D+i), que vinculen Doctoras para llevar a cabo estancias posdoctorales y Jóvenes Investigadoras e Innovadoras colombianas, con el fin de intervenir al menos una de las temáticas establecidas en el reto “Poner fin a todas las formas de violencia en Colombia” en el marco de la Misión «Ciencia para la Paz», e incrementar el nivel de desarrollo de vocaciones y capacidades investigativas, científicas, tecnológicas y de innovación de las mujeres en las diferentes regiones de Colombia.

Las propuestas para el desarrollo de las Estancias de Investigación, Desarrollo Tecnológico y/o Innovación deberán estar relacionadas con al menos uno de las siguientes temáticas establecidas en el reto “Poner fin a todas las formas de violencia en Colombia” de la misión “Ciencia para la Paz”:

  1. Causas de los conflictos y las consecuencias para el bienestar de los colombianos.
  2. Reconocimiento de las experiencias y los procesos de paz.
  3. Comprensión de las diversas formas, escalas y niveles de conflicto (local, regional, nacional, internacional).
  4. Construcción de soluciones socio-técnicas que fomenten y fortalezcan la convivencia pacífica en condiciones de equidad y justicia social.
  5. Investigación, desarrollos tecnológicos o innovaciones que permitan atender problemáticas asociadas a las diversas formas de violencia en Colombia.

Dirigida a:

Alianza entre una entidad del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación y una profesional colombiana que cuente con el título de doctorado o que certifique que su tesis de doctorado ha sido sustentada y aprobada al cierre de la convocatoria, con el fin de apoyar el desarrollo de proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación en temáticas orientadas a la misión “Ciencia para la Paz”.

Requisitos (Ver términos de referencia)

Condiciones de participación de la Entidad Receptora

  • Cumplir con el “Dirigido a”
  • Inscribir la propuesta en el Sistema Integrado de Gestión de Proyectos SIGP (Ver Numeral 12. Procedimiento de Inscripción), el cual se debe ajustar al objetivo de la convocatoria. La propuesta deberá contener la información requerida en el numeral 11. Contenidos de la propuesta.
  • Adjuntar “Carta de aval y compromiso institucional unificada” debidamente diligenciada y suscrita tanto por el representante legal y/o delegado de la Entidad Receptora, como por la Doctora que realizará la estancia posdoctoral de investigación, desarrollo tecnológico y/o innovación (Anexo 1). En el caso de apoderado(s), anexar el documento que lo faculte.
  • La Entidad Receptora deberá estar legalmente constituida en Colombia con al menos doce (12) meses previos de la fecha de apertura de la convocatoria, información que se verificará con el Registro Único Empresarial (RUES) y/o documento equivalente. Las entidades que no cuenten con el RUES, deberán adjuntar: certificado de existencia y representación legal expedido por las Cámaras de Comercio o por el Ministerio de Educación Superior, con fecha de expedición, no mayor a 90 días hábiles al momento de la postulación.

Condiciones de la Joven Investigadora e Innovadora:

  • Edad: Tener máximo 28 años al 31 de diciembre de 2023. Para acreditar este requisito adjuntar copia legible de la cédula de ciudadanía por ambas caras.
  • Estado Académico: Las Jóvenes Investigadoras e Innovadoras en calidad de estudiantes deben haber cursado mínimo el 70% de los créditos académicos. Para acreditar este requisito adjuntar certificado expedido por la Institución de formación a la que se encuentra vinculada, en el que se indiquen los créditos académicos cursados al momento de su postulación y el total de estos en el programa de formación en el que se encuentra vinculada. Se aceptarán los documentos electrónicos expedidos y descargados a través de los sistemas de información de las Instituciones de formación para la aplicación, sin embargo, se exigirán los oficiales al momento de la contratación en caso de resultar beneficiaria.
  • Las Jóvenes Investigadoras e Innovadoras en calidad de recién graduadas de programas técnicos, tecnológicos o profesionales (pregrado), deben haber obtenido su título de grado máximo 3 años previos a la apertura de la convocatoria o estar pendiente del diploma o el acta de grado. Para acreditar este requisito, adjuntar uno de los siguientes documentos: (i) copia del diploma o acta de grado, (ii) certificado o documento equivalente de la Institución de formación, donde se indique que ha culminado sus estudios y que solo se encuentra pendiente de obtener el título profesional

Condiciones de la Doctora:

  • Ser ciudadana colombiana. Adjuntar copia de la cédula de ciudadanía legible por ambas caras.
  • Contar con título de doctorado. Para acreditar este requisito, se requiere adjuntar copia del título o acta de grado. Para aquellos casos donde aún no se cuente con el título o acta, se deberá anexar certificación expedida por la autoridad competente de la universidad, donde conste expresamente que ya ha sido sustentada y aprobada la tesis y que solo falta la ceremonia de grado o la expedición del respectivo título. No es necesario presentar la convalidación del título.

Requisito opcional, no inhabilitante:

  • Para aquellas Doctoras y/o Jóvenes Investigadoras e Innovadoras que sean miembros de población negra, afrocolombiana, raizal, palenquera o ROM, deberán anexar el Certificado de Auto Reconocimiento expedido por el Ministerio del Interior. Las Doctoras y/o Jóvenes Investigadoras e Innovadoras que sean miembros de una comunidad indígena deberán anexar el Certificado del Registro de la Autoridad o Cabildo de las Comunidades y/o Resguardos Indígenas expedido por el Ministerio del Interior. Las Doctoras y/o Jóvenes Investigadoras e Innovadoras víctimas del conflicto armado deberán anexar el Certificado expedido por la Unidad para la Atención y Reparación Integral para las Víctimas. Este requisito es opcional y no es de carácter inhabilitante.

Notas:

a. Si alguno de los documentos mencionados previamente está en un idioma diferente al español, es obligatorio adjuntar la traducción oficial al español. Se deberán anexar los dos documentos (original y traducido).

b. El Ministerio podrá solicitar en cualquier momento información y documentación adicional, complementaria o aclaraciones de los documentos entregados. 

Condiciones Inhabilitantes 

Son todas aquellas condiciones de modo, tiempo y lugar, objetivas o subjetivas, antecedentes o concomitantes, predicables del aspirante inscrito en la Convocatoria o de la propuesta sometida a consideración del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación que impiden la continuidad de su participación en el proceso de selección, o que, habiendo obtenido el beneficio de que se trate, le hacen imposible disfrutarlo.

De la Entidad Receptora:

  • No cumplir con los requisitos y lineamientos establecidos en los términos de referencia de la convocatoria o que estos no se subsanen dentro de los plazos establecidos.
  • No cumplir con los requisitos legales para la suscripción del contrato de financiamiento de recuperación contingente, en caso de ser beneficiado por la presente convocatoria.
  • Alterar alguno de los documentos solicitados en la sección de requisitos.
  • Estar incurso en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad y que no se encuentre apto para contratar de acuerdo con lo establecido en la Constitución, en la Ley y Reglamentos en cualquier etapa del proceso: pre contractual, contractual o post contractual.
    Las inhabilidades son de orden Constitucional y legal, el artículo 126 de la Constitución Nacional establece inhabilidades para los grados de parentesco y en la ley encontramos las inhabilidades contempladas en el Artículo 8 (Inhabilidades e incompatibilidades para contratar) de la Ley 80 de 1993. Disposiciones especiales como los artículos 5 y 90 de la Ley 1474 de 2011 y el artículo 71 de la Ley 1952 de 2019 el Código General Disciplinario contempla otras causales de inhabilidad, entre otras normas. Las inhabilidades e incompatibilidades están establecidas para asegurar los intereses públicos y proteger la transparencia, objetividad e imparcialidad en las relaciones entre el Estado y los particulares.

De la Doctora:

  • Ser beneficiaria de manera simultánea de convocatorias financiadas o cofinanciadas por el Ministerio, en su participación como Investigadora, Doctora o estancia postdoctoral.
  • Participar de manera simultánea en dos o más propuestas de la presente convocatoria. En caso de presentarse en dos o más propuestas se tendrá en cuenta la primera propuesta registrada con base en la fecha y hora de inscripción en la plataforma.
  • Tener vínculo contractual con la Entidad Receptora a la fecha de apertura de la convocatoria. Se permitirá la participación de doctoras vinculadas como profesores de hora cátedra y ocasionales.
  • Ser representante legal de la Entidad Receptora.
  • Haber sido declarada en incumplimiento en cualquiera de los mecanismos operados por el Ministerio en los últimos 5 años.
  • Estar incurso en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad y que no se encuentre apto para contratar de acuerdo con lo establecido en la Constitución, en la Ley y Reglamentos en cualquier etapa del proceso: pre contractual, contractual o post contractual.
    Las inhabilidades son de orden Constitucional y legal, el artículo 126 de la Constitución Nacional establece inhabilidades para los grados de parentesco y en la ley encontramos las inhabilidades contempladas en el Artículo 8 (Inhabilidades e incompatibilidades para contratar) de la Ley 80 de 1993. Disposiciones especiales como los artículos 5 y 90 de la Ley 1474 de 2011 y el artículo 71 de la Ley 1952 de 2019 el Código General Disciplinario contempla otras causales de inhabilidad, entre otras normas. Las inhabilidades e incompatibilidades están establecidas para asegurar los intereses públicos y proteger la transparencia, objetividad e imparcialidad en las relaciones entre el Estado y los particulares.

De la Joven Investigadora e Innovadora:

  • Ser beneficiaria de manera simultánea de convocatorias financiadas o cofinanciadas por el Ministerio, en su participación como Joven Investigadora e Innovadora.
  • No podrá presentarse de manera simultánea en dos o más propuestas de la presente convocatoria. En caso de presentarse en dos o más propuestas se tendrá en cuenta únicamente la primera propuesta registrada con base en la fecha y hora de inscripción en la plataforma.
  • Haber recibido financiación del Programa Jóvenes Investigadores e Innovadores por dos o más becas pasantías o pasantías de investigación.
  • Estar incurso en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad y que no se encuentre apto para contratar de acuerdo con lo establecido en la Constitución, en la Ley y Reglamentos en cualquier etapa del proceso: pre contractual, contractual o post contractual.
    Las inhabilidades son de orden Constitucional y legal, el artículo 126 de la Constitución Nacional establece inhabilidades para los grados de parentesco y en la ley encontramos las inhabilidades contempladas en el Artículo 8 (Inhabilidades e incompatibilidades para contratar) de la Ley 80 de 1993. Disposiciones especiales como los artículos 5 y 90 de la Ley 1474 de 2011 y el artículo 71 de la Ley 1952 de 2019 el Código General Disciplinario contempla otras causales de inhabilidad, entre otras normas. Las inhabilidades e incompatibilidades están establecidas para asegurar los intereses públicos y proteger la transparencia, objetividad e imparcialidad en las relaciones entre el Estado y los particulares.

CRONOGRAMA

ACTIVIDADFECHA LIMITE
Apertura de la convocatoria30 de marzo de 2023
Cierre de la convocatoria23 de mayo de 2023 a las 4:00 pm (hora Colombia)
Periodo de revisión de requisitosDel 24 al 30 de mayo de 2023
Período de subsanación de requisitosDel 31 de mayo al 2 de junio de 2023 a las 4:00 pm (hora Colombia)
Publicación del banco preliminar de elegibles26 de julio de 2023
Período de solicitud de aclaraciones del banco preliminar de elegibles27 al 28 de julio de 2023 a las 4:00 p.m. (hora Colombia)
Respuesta a solicitud de aclaraciones31 de julio al 4 de agosto de 2023
Publicación del banco definitivo de elegibles17 de agosto de 2023

Procedimiento interno para postulación

El director del grupo de investigación que postulará la doctora y la joven investigadora deberá enviar la solicitud de carta de aval al correo investigaciones@utp.edu.co antes del lunes 15 de mayo de 2023, anexando los siguientes documentos: 

1. Reporte de registro del proyecto en el SIGP.

2. Documentación joven investigadora: 

– Copia legible de la cédula de ciudadanía por ambas caras.

– Certificado expedido por la Institución de formación a la que se encuentra vinculada, en el que se indiquen los créditos académicos cursados al momento de su postulación y el total de estos en el programa de formación en el que se encuentra vinculada. Se aceptarán los documentos electrónicos expedidos y descargados a través de los sistemas de información de las Instituciones de formación para la aplicación, sin embargo, se exigirán los oficiales al momento de la contratación en caso de resultar beneficiaria.

– Copia del diploma o acta de grado, certificado o documento equivalente de la Institución de formación, donde se indique que ha culminado sus estudios y que solo se encuentra pendiente de obtener el título profesional

3. Documentos doctora: 

– Copia de la cédula de ciudadanía legible por ambas caras.

– Copia del título o acta de grado. Para aquellos casos donde aún no se cuente con el título o acta, se deberá anexar certificación expedida por la autoridad competente de la universidad, donde conste expresamente que ya ha sido sustentada y aprobada la tesis y que solo falta la ceremonia de grado o la expedición del respectivo título. No es necesario presentar la convalidación del título.

4. Carta de aval previamente diligenciada. 

5. Tener en cuenta la siguiente información para el cálculo de contrapartida en especie: Solo podrá ser registrada como contrapartida, lo relacionado en especie: 

– Tiempo de dedicación del director del grupo de investigación UTP.  (Valor de la hora: Sueldo básico *1,52/160) 
– Uso de Equipos: Se calcula el 10% del valor del equipo en inventario, por lo que deberán anexar los soportes correspondientes al reporte de inventario. 
– Uso de Espacios: Con base en la certificación generada por la oficina de planeación. Deben solicitar la certificación de espacio a Julián Andrés Cárdenas Morales (j.cardenas1@utp.edu.co) (Ver anexos)

6. Si la propuesta requiere de aval del comité de bioética, deberá realizar la solicitud antes del 4 de mayo de 2023, según el procedimiento establecido para dicho fin que se puede consultar en el siguiente link: VER . Cualquier duda o inquietud podrá ser consulta a través del correo comitedebioetica@utp.edu.co o al 3137450)

NOTA: Solo podrá ser registrada como contrapartida, lo relacionado en especie: 

 
– Tiempo de dedicación del director del grupo de investigación UTP. 
– Uso de Equipos: Se calcula el 10% del valor del equipo en inventario, por lo que deberán anexar los soportes correspondientes al reporte de inventario. 
– Uso de Espacios: Con base en la certificación generada por la oficina de planeación. Deben solicitar la certificación de espacio a Julián Andrés Cárdenas Morales (
j.cardenas1@utp.edu.co)

Cualquier duda o inquietud al respecto se pueden comunicar con la funcionaria Yesica Marcela Rojas Orozco (investigaciones@utp.edu.co, 3137309) 

Documentos de la convocatoria

Actualizada: 8 de febrero de 2024 8:59 PM • Convocatorias