ACUERDO CONSEJO ACADÉMICO No. 22

POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PARA EL REGISTRO DE PROYECTOS SIN FINANCIACIÓN EN EFECTIVO

Podrán ser presentadas propuestas de investigación en cualquier rama del saber dentro del sano principio de plena libertad de manifestación de las actividades académicas y dando cumplimiento a la Resolución 4314 del 22 de mayo de 2024 por medio de la cual se modifica parcialmente la resolución de rectoría No 7729 de 2020, que facilita el cumplimiento de lo dispuesto en el acuerdo del Consejo Superior número 28 del 03 de agosto de 2016.

OBJETIVO: Fomentar la investigación en la Universidad Tecnológica de Pereira, a través de propuestas formuladas por los Grupos de Investigación adscritos a la Vicerrectoría de Investigaciones, Innovación y Extensión. 

DIRIGIDO A: Docentes de planta o transitorios en calidad de investigadores principales.

DURACIÓN: Los proyectos de investigación podrán presentarse siempre y cuando cumplan con un cronograma de ejecución que abarque un período mínimo de 12 meses y un máximo de 24 meses.

TIPOS DE INVESTIGACIÓN: Las propuestas de investigación presentadas deben ser clasificadas de acuerdo con los siguientes tipos de investigación: 

  • INVESTIGACIÓN BÁSICA: trabajos experimentales o teóricos que se emprenden principalmente para obtener nuevos conocimientos acerca de los fundamentos de los fenómenos y hechos observables, sin pretender una aplicación o utilización determinada.
  • INVESTIGACIÓN APLICADA: trabajos originales realizados para adquirir nuevos conocimientos, dirigidos fundamentalmente hacia un objetivo práctico específico.
  • DESARROLLO EXPERIMENTAL: Trabajos sistemáticos que aprovechan los conocimientos existentes obtenidos de la investigación y/o la experiencia práctica, bien para la producción de nuevos materiales, productos o dispositivos, bien para la puesta en marcha de nuevos procesos, sistemas y servicios, o bien para la mejora sustancial de los ya existentes. 
  • INVESTIGACIÓN-CREACIÓN: Propuestas que buscan responder a una pregunta o problema de investigación a través de una experiencia creativa que da lugar a obras, objetos o productos con valor estético, cuya naturaleza temporal puede ser efímera, procesual o permanente. En otras acepciones se considera que la investigación–creación –también llamada investigación artística o investigación basada en la práctica creativa– como aquella indagación que toma como objeto la experiencia estética del propio investigador–creador, por lo cual siempre se basa en un componente autoreflexivo (Borgdoff, 2006; Asprilla, 2013; Hernández Salgar, 2014). 

REQUISITOS MÍNIMOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS

  1. Los investigadores participantes del proyecto, incluyendo los estudiantes, deben tener su hoja de vida inscrita en el CvLac de MinCiencias actualizada a la fecha de cierre de la convocatoria. Este punto no aplica para los investigadores extranjeros (Asesores Internacionales). La Vicerrectoría de Investigaciones, Innovación y Extensión prestará la asesoría necesaria para el cumplimiento de este requisito.
  2. Los investigadores participantes del proyecto (docentes UTP) deberán registrarse en el Google Scholar, ResearchGate y en ORCID. 
  3. La propuesta debe estar firmada por el director del grupo de investigación al cual pertenece el investigador principal.
  4. El investigador principal no podrá contar con proyectos con financiación interna o sin financiación en efectivo con el mismo rol o externa ya sea como investigador principal o coinvestigador, registrados en la Vicerrectoría de Investigaciones, Innovación y Extensión.
  5. El investigador principal deberá declarar el nivel de riesgo bioético si aplica, diligenciado la formulación de la propuesta y el anexo 2 (ficha de identificación de la Propuesta) y la Vicerrectoría de Investigaciones, Innovación y Extensión será la encargada de tramitar el aval respectivo ante el Comité de Bioética de la Universidad Tecnológica de Pereira.
  6. Las investigaciones que involucran en sus propuestas animales deben ser evaluadas por un comité de ética veterinaria. Este trámite será coordinado por la Vicerrectoría de Investigaciones, Innovación y Extensión, para lo cual deberán consultar el anexo 7 y diligenciar el formato definido para tal fin. 
  7. Los investigadores y coinvestigadores que se postulen a la presente convocatoria deberán encontrarse a Paz y Salvo en la Vicerrectoría de Investigaciones, Innovación y Extensión por todo concepto a la fecha de cierre de la convocatoria. Se validará el cumplimiento de: 
  • Presentación de Informes Proyectos de Extensión en los cuales es responsable. 
  • Presentación de Informes Proyectos de Investigación y Registros de Productos en los cuales es investigador principal. 
  • Actualización del Grupo de Investigación en la Vicerrectoría de Investigaciones, Innovación y Extensión en el cual es director. 
  • Actualización del Semillero de Investigación en la Vicerrectoría de Investigaciones, Innovación y Extensión en el cual es tutor. 
  1. Es obligatoria la vinculación de estudiantes de pregrado o postgrado para el desarrollo del proyecto.
  2. El investigador principal deberá informar si la propuesta requiere la gestión de trámites ambientales, diligenciando la ficha de identificación del proyecto.
  3. Al finalizar el proyecto se debe cumplir con los siguientes productos mínimos, los cuales deben ser coherentes con los objetivos específicos y con la metodología planteada: 
  • Un producto de nuevo conocimiento o desarrollo tecnológico. 
  • Un producto institucional. 
  • Un producto de apropiación social del conocimiento o formación de recurso humano. 

PRODUCTOS MÍNIMOS ESPERADOS

Ver cuadro 001 para descripción de cada producto

Tipos de Producto
Productos de Generación de Nuevo ConocimientoCantidad y  Descripción del producto esperado. 
Artículo de investigación publicado en revista ubicada en cuartiles Q1, Q2, Q3 (índice de impacto).*No es válido someter un artículo a una revista, sino el artículo publicado. 
Libros resultados de investigación. 
Productos tecnológicos patentados o en proceso de concesión de la patente.
Variedad vegetal y variedad animal. 
Obras o productos de investigación creación en Artes, Arquitectura y Diseño. 
Productos de Formación de Recursos HumanosCantidad y Descripción del producto esperado. 
Trabajo de grado de Pregrado o Práctica en Investigación Conducente a Trabajo de grado. 
Trabajo de grado de Maestría.
Tesis de Doctorado. 
Productos resultados de actividades de investigación, desarrollo e innovación Cantidad y Descripción del producto esperado. 
Productos tecnológicos certificados o validados.
Productos empresariales.
Regulaciones, normas, reglamentos o legislaciones.
Productos de Apropiación Social del Conocimiento Cantidad y Descripción del producto esperado. 
Divulgación pública de la ciencia 
Procesos de apropiación social del conocimiento. 
Circulación del conocimiento especializado: *Ejecutar eventos de divulgación académica y científica (congresos, conferencias, simposios, coloquios, jornadas, foros, cátedras, etc. *Ofrecer o desarrollar programas de educación continua (Diplomados, Cursos, Seminarios, Talleres) *Ejecutar actividades artísticas, culturales y recreativas (Conciertos, Exposiciones culturales o artísticas, obras de teatro, laboratorios de creación, programas radiales, televisivos, etc.   
Otros productos: Mejoramiento de prácticas sociales, educativas, culturales y/o comunitariasEspacios de participación ciudadanaFortalecimiento de cadenas productivasGeneración de insumos de políticas públicasTrabajo conjunto con centros de ciencia y/o otros grupos de investigación Talleres de creación Participación en redes de conocimiento.
Productos Institucional Cantidad y Descripción del producto esperado. 
Participar con ponencia en uno de los eventos realizados por la Vicerrectoría de Investigaciones, Innovación y Extensión. Un producto mínimo (Presentación de ponencia en evento de apropiación social o dictar un Taller mínimo de 8 horas)

*El software producto del proyecto de investigación financiado deberá dar cumplimiento a lo establecido por la Universidad Tecnológica de Pereira.

*Los productos relacionados a APPs deberán dar cumplimiento a lo establecido por la Universidad Tecnológica de Pereira.

* Los productos obtenidos de la ejecución del proyecto de investigación no podrán ser registrados como resultado de otro proyecto institucionalizado en la Vicerrectoría de Investigaciones, Innovación y Extensión.

* Los productos de apropiación social del conocimiento que hacen parte de las modalidades de extensión Universitaria reconocidas en el Acuerdo del Consejo Superior No. 12 de 2019 y las consultorías, deben encontrarse debidamente registrados en el aplicativo de extensión universitaria y dar cumplimiento a la normatividad y procedimientos institucionales vigentes.

*Los productos obtenidos deberán ser registrados en el repositorio institucional de la Universidad Tecnológica de Pereira y en el CVLAC de los autores y en el GrupLAC respectivo. 

Cuadro 001 – Tipología de productos según MinCiencias

PROCEDIMIENTO DE POSTULACIÓN. 

a. El investigador principal deberá remitir la propuesta de investigación según los formatos establecidos por la Vicerrectoría de Investigaciones, Innovación y Extensión al Consejo de Facultad respectivo. – Ver formatos. 

b. El Consejo de Facultad apoyado por su Comité de Investigaciones, Innovación y Extensión revisará inicialmente la propuesta y hará una evaluación interna teniendo en cuenta los criterios señalados a continuación: 

 b.1. Criterio programático: Evaluación del proyecto respecto a las líneas o políticas de investigación adoptadas por el Consejo Académico. Justificación del proyecto de acuerdo con los objetivos y necesidades de los programas académicos de la respectiva Facultad o Escuela, y de acuerdo con las necesidades de la región y el país. 

   b.2 Criterio Ambiental: Según lo establecido en la ficha de identificación del proyecto diseñada para tal fin. 

   b.3. Criterio de disponibilidad de recurso humano y físico: De acuerdo con las necesidades esbozadas en el proyecto se consideran entre otras:

 * Necesidad y posibilidad de disminución de docencia directa del docente (Investigador principal). 

* Disponibilidad de los talleres, laboratorios y demás instrumentos y herramientas investigativas. 

   b.4. Disponibilidad para asumir los costos de la evaluación externa. 

c. El Consejo de Facultad deberá remitir a la Vicerrectoría de Investigaciones, Innovación y Extensión, los anexos establecidos y la solicitud para iniciar el proceso correspondiente con el código del proyecto por el cual se pagarán las evaluaciones. 

PROCEDIMIENTO DE REVISIÓN Y EVALUACIÓN  

  1. Una vez recibida la solicitud del Consejo de Facultad, la Vicerrectoría de Investigaciones, Innovación y Extensión iniciará las siguientes actividades:

 a.1. Validación del cumplimiento de las condiciones de registro de proyectos sin financiación en efectivo, teniendo en cuenta la Resolución 4314 del 22 de mayo de 2024 por medio de la cual se modifica parcialmente la resolución de rectoría No 7729 de 2020, que facilita el cumplimiento de lo dispuesto en el acuerdo del Consejo Superior número 28 del 03 de agosto de 2016.

 a.2 Búsqueda de dos pares evaluadores del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación – MinCiencias para la propuesta con base en el área de conocimiento y el nivel de formación del investigador principal. 

 a.3. Envío de la propuesta y el formato de evaluación que establezca la Vicerrectoría de Investigaciones, Innovación y Extensión a los pares evaluadores seleccionados y seguimiento. 

 a.4. Recepción de los conceptos de las evaluaciones. Para la inscripción del proyecto a la Vicerrectoría solo se aceptará un promedio en las dos evaluaciones igual o superior a 80 puntos. 

PARÁGRAFO 1. Los evaluadores a los que se les remitirán las propuestas firmarán un acuerdo de confidencialidad.

PARÁGRAFO 2. Solo se enviará el contenido de las propuestas sin los datos del investigador principal ni el grupo de investigación (Anónimo) a los pares evaluadores.

PARÁGRAFO 3. Para la evaluación de los proyectos sin financiación en efectivo, únicamente se tendrán en cuenta los conceptos emitidos por dos pares evaluadores, realizando así una única evaluación por proyecto. No se admitirán correcciones ni se procederá a nuevas evaluaciones para el cronograma de la vigencia.

  a.5. Comunicar al consejo de facultad el informe de las evaluaciones. 

  a.6. Inscripción del proyecto en el aplicativo de investigaciones, si obtuvo un promedio en las evaluaciones igual o superior a 80 puntos, de acuerdo con el formato de evaluación dispuesto por la Vicerrectoría de Investigaciones, Innovación y Extensión para dicho fin y notificación al investigador principal.

CONSIDERACIONES: 

  1. Una vez aprobado el proyecto de investigación, no se podrá modificar los objetivos del proyecto ni los productos esperados. 
  1. No se aceptará solicitud de cambio de investigador principal para proyectos aprobados y registrados. Se exceptúan los siguientes casos:
  1. Que el Investigador Principal se desvincule laboralmente de la Universidad Tecnológica de Pereira – UTP o que no se renueve su contratación, en el caso de docentes transitorios. 
  2. Que el investigador principal cuente con una Comisión de Estudio o Año Sabático. 
  3.  Que el Investigador Principal presente una causa de fuerza mayor, establecida en la ley colombiana.    
  1. Los productos resultados de los proyectos de investigación aprobados en la presente convocatoria solo podrán ser registrados en la Base de Datos de la Vicerrectoría de Investigaciones, Innovación y Extensión, mínimo después de un año del inicio del proyecto y máximo tres años después de concluido siempre y cuando se hayan registrado como esperados. 
  1. Todos los productos resultados del proyecto sin financiación en efectivo deberán mencionar que la Universidad Tecnológica de Pereira a través de la Vicerrectoría de Investigaciones, Innovación y Extensión apoyó el desarrollo de este e incluir en los agradecimientos el título y el código del proyecto. 
  1. Los grupos de investigación beneficiados de la presente convocatoria deberán presentar informe parcial y final del proyecto, según los procedimientos establecidos para tal fin por la Vicerrectoría de Investigaciones, Innovación y Extensión. 

CRONOGRAMA

ACTIVIDADES / FECHA LÍMITEMay 31Jun 19Jul 09Sept 02Oct 07Oct 14Nov 22Nov 29Ene 16
Aprobación de los requisitos por el Comité Central de Investigaciones.X







Aprobación de la convocatoria por el Consejo Académico.
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Apertura oficial de la convocatoria. 

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Fecha máxima de envío del proyecto al Consejo de Facultad.


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Envío a la Vicerrectoría de Investigaciones, Innovación y Extensión de propuestas avaladas por los Consejos de Facultad.



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Revisión de requisitos mínimos por parte de la Vicerrectoría de Investigaciones, Innovación y Extensión.



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Selección de pares evaluadores y envío de los proyectos para su evaluación.



       X


Recepción de las evaluaciones externas.





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Notificación de evaluaciones a las facultades y Registro de proyectos aprobados en el software de investigaciones






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Inicio de ejecución proyectos sin financiación en efectivo







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DOCUMENTOS ANEXOS A LA CONVOCATORIA 

ANEXO 1: Carta de presentación a la convocatoria. 

ANEXO 2: Ficha de identificación proyectos sin financiación en efectivo (Relación de participantes y certificación de la propuesta)

ANEXO 3: Formulación de la propuesta

ANEXO 4: Presupuesto de la propuesta.

ANEXO 5: ODS – Objetivos de Desarrollo Sostenible 

ANEXO 6: Resolución 8430 de 1993 del Ministerio de Salud

ANEXO 7: Clasificación de severidad en procedimientos, Riesgo biológico, Compromiso buen manejo de los animales y formato de presentación comité ética animal

ANEXO 8: Lista de chequeo evaluación interna proyectos sin financiación

MÁS INFORMACIÓN

Vicerrectoría de Investigaciones, Innovación y Extensión

Email: investigaciones@utp.edu.co

EXT: 7309 -7789

Actualizada: 10 de julio de 2024 3:56 PM • Convocatorias